Un juez anula una multa contra el presidente de Salva o Tren

La Voz

AROUSA

El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número tres de Pontevedra revocó una sanción contra el presidente de Salva o Tren, Fernando Gómez, e impuso a la Subdelegación la devolución al afectado de los 550 euros de la multa y sus intereses. Gómez manifestó ayer su satisfacción con el resultado de este proceso judicial y pidió al subdelegado del Gobierno, Delfín Fernández, «que tome nota».

El líder de este colectivo también anunció que seguirá luchando por un «transporte público, más sostenible, seguro, vertebrador y respetuoso con el medio ambiente y el territorio». Para esta agrupación, la única forma de conseguirlo es con la puesta en marcha en Galicia de un servicio de tren de cercanías.

Recurso

El juzgado examinó el recurso presentado por Gómez a una sanción como instigador de una concentración vecinal en la vía del tren en Portas en el año 2008 con motivo de la aparición de varios obreros para una reparación en el sistema eléctrico.

Se dio la circunstancia de que en esa misma jornada también se encontraba en Portas un equipo de grabación de televisión del programa Caiga Quien Caiga.

La Subdelegación del Gobierno en Pontevedra impuso la multa al entender que se había producido una concentración que no había sido autorizada en un lugar de tránsito público.

En su examen del caso, el juez explicó que se habían producido irregularidades en la notificación de la apertura del expediente al denunciado. Concretamente, el juez indicó que la Subdelegación acudió a la notificación de la apertura del expediente sancionador a Gómez a través de un edicto, publicado en un boletín oficial, sin que se hubiesen producido dos intentos de aviso previo por correo.

Notificación defectuosa

En las diligencias quedó claro que solo se hizo uno de estos intentos y que la notificación de la sanción sí se realizó bien en la misma dirección más adelante. Para el tribunal, en este asunto se produjo una «notificación defectuosa», con lo que se crea indefensión en el denunciado, ya que no pudo alegar mientras estuvo abierto el proceso sancionador. En la resolución judicial se añade que la actitud de la Subdelegación en este caso es «reprochable».