?rácticamente desde el mismo momento en el que Ramón Rey decidió acudir a la judicatura, la directiva del Liceo Casino se hizo a la idea de que el despido improcedente sería el dictamen judicial más probable con respecto al conflicto con el administrativo. En este sentido, existe en ella cierta satisfacción por el hecho de que la sala no haya considerado que se trata de un despido nulo. El juzgado entiende que no ha lugar a esta calificación, dado que para ello el demandante habría de probar que la intención de la empresa era atentar contra sus derechos laborales fundamentales. Su principal argumento para defender este punto, por el que exigía no sólo su readmisión, sino una indemnización complementaria de 30.000 euros, tiene que ver con la intención de celebrar en el Liceo elecciones sindicales, con el propio Rey como candidato a delegado por UGT. Si bien los responsables del sindicato manifestaron esta intención a un directivo, no es posible probar que éste conociese que Rey iba a involucrarse en el proceso, por lo que es igualmente imposible demostrar que la intención del Liceo fuese evitar, con su despido, que Fuqui se convirtiese en delegado sindical. Al contrario, la sala cree que era una medida que se venía preparando desde finales del 2006. Pero no por su actividad sindical, sino por «la problemática suscitada por la reorganización del personal con la creación de la figura del gerente, con competencias no totalmente definidas». Los motivos del Liceo son incorrectos, pero existen. El despido es, pues, improcedente pero no nulo.