La Audiencia de Pontevedra lo había condenado en el 2003 a siete años de prisión Desestima el recurso de casación de su abogado en relación con el rapto de una pareja en Salceda
15 feb 2005 . Actualizado a las 06:00 h.?l Tribunal Supremo confirmó la condena a siete años de cárcel a Alfonso González Alén por el secuestro exprés de una pareja de Salceda de Caselas en el 2002. La defensa del acusado, considerado uno de los delincuentes más peligrosos de Galicia, había presentado un recurso de casación a la sentencia que hace algo más de un año había dictado la Audiencia de Pontevedra, una acción legal que ahora ha quedado desestimada. Alfonso González Alén había sido condenado, junto con su compinche portugués José Antonio Topa Afonso, por el rapto de Adoración Valenzuela y su novio, Diego Martínez, a quienes encañonaron en la noche del 5 de febrero de 2002. Los secuestradores pidieron al padre de Adoración, Manuel Valenzuela, vecino de los padres de González Alén, un rescate de 15 millones de pesetas, que debía pagar en dos horas. Valenzuela acabó entregando 39.000 euros, y los captores dejaron ir a los Adoración y Diego. Una vez investigado el rapto, González Alén había sido identificado como colaborador, por al menos proporcionar información sobre las víctimas. Sin embargo, días después, dijo a dos agentes de la Guardia Civil, de manera «espontánea, libre y directa», según la Audiencia de Pontevedra, que avisasen a Valenzuela de que retirase la acusación o se tendría que atener a las consecuencias, y que él había participado en el secuestro «por motivos personales, porque le gustaba el riesgo». El dinero del rescate fue, además, encontrado en su casa. El abogado de González Alén presentó a finales del 2003 un recurso de casación alegando, entre otras cosas, que no le habían dejado las grabaciones realizadas por la Guardia Civil durante el secuestro, en las que Adoración hablaba con su padre, y en las que se escuchan las voces de los secuestradores, algo que el Supremo desestima porque la defensa no protestó en su momento por ello. Además, el abogado de González Alén consideraba irregular la confesión, fuera del atestado, de su cliente, a lo que el Supremo contesta que también cuentan, según la jurisprudencia. Este no ha sido el único revés que las alegaciones de González Alén han recibido en los últimos tiempos. En julio del año pasado, el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia confirmó su condena a trece años de cárcel por el degollamiento de, José Antonio Topa, su amigo y compañero de celda en la cárcel de A Lama.