El organismo denuncia que Granorsa ahorró 108 millones de pesetas en los costes de construcción del relleno La auditoría de Arthur Andersen no es el único documento que pone en entredicho la gestión de Rivera Mallo al frente de la Autoridad Portuaria de Vilagarcía. De hecho, los informes anuales de Puertos del Estado se hacen eco de las mismas irregularidades que refleja el informe de la firma auditora. Así sucede tanto en el fraccionamiento del muelle de enlace oeste como en el relleno de Granorsa. Por lo que a esta última actuación se refiere, el organismo ministerial no duda en advertir que las condiciones fijadas en la concesión vulneran la legalidad. Además, denuncia que la compañía se ahorró 108 millones de pesetas.
16 jun 2001 . Actualizado a las 07:00 h.S. G. VILAGARCÍA Los informes de Puerto del Estado desvelan graves irregularidades en el proceso seguido por el relleno de Granorsa, tanto por lo que se refiere a los plazos de la concesión como por el hecho de que la empresa no se ajustó al proyecto contratado. Ello ha dado lugar a importantes perjuicios. En primer lugar, Granorsa no llevó a cabo las obras de acuerdo con el proyecto de construcción aprobado por la Autoridad Portuaria. Entre otras cuestiones, la compañía vilagarciana no realizó un dragado a la cota de once metros, previo al depósito del material de relleno, que sí estaba previsto en la actuación. Su objeto no era otro que evitar la formación de una ola de fangos hacia el interior de la dársena. Puertos del Estado evalúa las consecuencias de este hecho: «Además de suponer un incumplimiento del condicionado, ha producido efectos negativos en los fondos de la dársena del puerto y en la propia cimentación de la nueva explanada». Y, lo que es peor, «ya no es posible restablecer el dragado previo de limpieza de fangos en las condiciones fijadas en el proyecto». Por lo que respecta al procedimiento de adjudicación, el panorama tampoco es mejor. El organismo ministerial desvela que la Autoridad Portuaria incurrió en una ampliación ilícita del plazo de vigencia marcado para la concesión. El período máximo que contempla la ley es de treinta años, y así figura en el documento aprobado por el Puerto bajo la presidencia de Rivera Mallo. Sin embargo, una de las cláusulas indica que «el cómputo de este plazo se iniciará el día siguiente de la finalización de las obras, o a los 24 meses contados a partir del día siguiente a la recepción de la presente notificación». Pues bien, Puertos del Estado señala que la plena vigencia de la concesión -y por tanto también el cobro de los correspondientes cánones- se debe iniciar al día siguiente de la notificación de otorgamiento. La medida es, pues, ilegal.