Cobrará 51.000 euros por las lesiones y secuelas sufridas al ser arrollado su coche por otro
VIVEIRO
El accidente de tráfico ocurrió en A Mariña en noviembre del 2019
27 ene 2026 . Actualizado a las 05:00 h.Un hombre percibirá casi 51.000 euros de indemnización tras las lesiones sufridas por un accidente de tráfico ocurrido el 17 de noviembre del 2019, cuando un coche arrolló al suyo. La Audiencia Provincial de Lugo fija dicha reparación después de que el perjudicado y la aseguradora demandada discrepasen en los tribunales.
Con motivo del accidente, la víctima sufrió una fractura esternal y de rótula izquierda, precisando de intervención quirúrgica. Además, necesitó de tratamiento rehabilitador, farmacológico y seguimiento médico hasta lograr el alta.
El Juzgado 2 de Viveiro dio la razón inicialmente al lesionado, señalando que la aseguradora del conductor que resultó responsable del accidente de tráfico tenía que indemnizarle con 53.589 euros, y a la empresa que cubría los riesgos de la víctima con otros 7.709 euros, por los gastos médicos y de limpieza de vía abonados a consecuencia del siniestro.
La aseguradora demandada apeló alegando que no se había tenido en cuenta el informe de la médico forense, y que el período de curación reconocido por la sentencia era excesivo. También cuestionaba las secuelas sufridas por el demandante.
La resolución judicial reconoció al afectado 317 días de curación, siete de ellos de perjuicio personal grave y el resto de tipo moderado. El informe médico forense discrepaba y cuantificaba el período curativo en 260 jornadas, teniendo en cuenta que «a partir de agosto del 2020 no se apreciaron cambios que permitiesen concluir una estabilización en las secuelas después de esa fecha». Aunque existió baja laboral hasta el 29 de septiembre, la Audiencia entiende que «el tiempo que se siguió con tratamiento farmacológico como paracetamol no puede ligarse a un proceso curativo». De este modo, rebaja la indemnización a 50.864 euros.
No accede a la petición de la empresa apelante en lo relativo a las secuelas, enumerando las siguientes: gonalgía postraumática inespecífica, material de osteosíntesis, insuficiencia venosa de origen postraumático y fractura de costillas o esternón con neuralgias esporádicas, así como un perjuicio estético. «Tras la estabilización, al demandante le ha quedado una cojera claramente visible, edema y una cicatriz de 15 centímetros», resalta la Audiencia, que agrega que «el lesionado tuvo una rotura del tendón rotuliano, viéndose afectada toda la funcionalidad de la rodilla», y «sufre dolor ocasional en el esternón, especialmente al realizar algún esfuerzo».