![Imagen de un brigadista en Barbanza](https://img.lavdg.com/sc/CfTCO08FXy2t70-eWn4h92wAnvo=/480x/2022/08/12/00121660314181901911405/Foto/B06G2097.jpg)
El TSXG recuerda que según la normativa solo puede haber compatibilidad con los ámbitos sanitario o educativo
23 may 2024 . Actualizado a las 20:59 h.El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha desestimado el recurso de suplicación interpuesto por una brigadista de la Consellería do Medio Rural, que solicitaba que se reconociese la compatibilidad entre su actividad como vigilante contraincendios en Viveiro y el ejercicio de una segunda actividad en el sector público, como ingeniera forestal para Seaga, investigando una plaga agrícola.
La brigadista tiene desde el 2018 un contrato de fija discontinua entre el 1 de julio y el 31 de diciembre y denunciaba que la negativa de la Xunta a otorgar la compatibilidad laboral durante el período no activo le supuso un lucro cesante de 2.900 euros. El TSXG recuerda que según la normativa solo puede desempeñar un segundo puesto en el sector público en los ámbitos sanitario o educativo.