Aplazado un juicio contra un matrimonio mariñano por ocultamiento de bienes para evitar pagar 370.000 euros

La Voz

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Juzgados de Lugo
Juzgados de Lugo ALBERTO LÓPEZ

La Fiscalía pide dos años y medio de cárcel y la defensa la absolución

14 oct 2024 . Actualizado a las 17:32 h.

Este jueves fue suspendido un juicio previsto en el Xulgado do Penal número 1 de Lugo contra dos vecinos de A Mariña, que son matrimonio, por un presunto delito de alzamiento de bienes. La defensa presentó un informe médico que desaconsejaba los viajes de estas personas para participar en la vista.

La Fiscalía solicitaba para los acusados una pena de dos años y seis meses de prisión, y 18 meses de multa con cuota diaria de diez euros. Además, en materia de responsabilidad civil, reclamaba una indemnización a la demandante en cantidad de 368.500 euros.

De acuerdo con el relato de la Fiscalía, la entidad Prosual S. L. firmó en 2007 un contrato de permuta y compra-venta con los acusados, pacto que fue modificado. Cuatro años después, en enero del 2011, ambas partes acordaron la rescisión del mismo a cambio de una indemnización a la entidad de 368.500 euros. 

En enero del 2012, la demandante presentó ante los juzgados de Viveiro una petición de procedimiento monitorio, para reclamar el pago. Hubo sentencia el 2 de junio del 2015, por la que se condenaba a los acusados a satisfacer la suma, conjunta y solidariamente entre sí. Recurrido el fallo, la Audiencia Provincial desestimó el recurso en 2016, manteniendo la exigencia de bonificar la cantidad adeudada.

Finalmente, la batalla judicial llegó al Supremo. Mientras, la demandante solicitó la ejecución provisional de la sentencia, dictándose orden general de ejecución provisional por parte del Xulgado de Primeira Instancia número 1 de Viveiro, que dictó orden de bonificar 546.905 euros por el importe principal y los intereses.

La Fiscalía indicaba que durante el proceso, se investigó el patrimonio de ambos acusados, constatándose que en el 2015 uno de ellos era titular de un fondo de pensiones suscrito con la entidad BBVA, con unos derechos consolidados de 72.324 euros, además de perceptor de una pensión de jubilación por importe aproximado de 30.000 euros anuales.

Aseguraba el Ministerio Fiscal que «ambos acusados, obrando de previo y común acuerdo, dispusieron de bienes de su patrimonio y realizaron cuantiosos gastos con el fin de impedir, o cuando menos dificultar, tanto el cumplimiento de las sentencias de instancia y apelación como la ejecución provisional instada por Prosual, S. L., burlando así su derecho de crédito».

«El acusado dispuso del importe total del Plan de Pensiones de Alúmina Española integrado en el fondo de pensiones BBVA, terminando de recibirlo en forma de renta el 25 de septiembre del 2015, destinándolo ambos cónyuges a fines que se ignoran, entre ellos el pago de viajes y vacaciones», alegaba el Ministerio Fiscal, que solicitaba además una multa de 18 meses con cuota diaria de 10 euros, y una indemnización solidaria en materia de responsabilidad civil por los 368.500 euros mencionados.

La defensa pedía la libre absolución, considerando probado que no hubo ocultamiento de bienes para evitar el cumplimiento de la sentencia y perjudicar al querellante. Además, resalta que la parte demandante ha cobrado y sigue cobrando parte de la deuda contraída.