La jueza María del Pilar de Lara señala en el escrito en el que ordena paralizar las obras en O Garañón que «(...) la infracción más flagrante, la que lleva a adoptar sin más dilación las medidas cautelares (...) se ha cometido al faltar los preceptivos informes sectoriales previos (...)». Se refiere a los de la Consellería de Cultura. Y en este marco comenta con ojo crítico el informe emitido por el Seprona.
Dice que el citado servicio de la Guardia Civil «(...) incurre en manifiestos errores de índole jurídica, cuando menos, sorprendentes y en todo caso contradictorias con conclusiones sentadas por documentos de trascendencia tal como la sentencia dictada por el juzgado de lo contencioso administrativo número 1 de Lugo de fecha 16 de septiembre de 2009, todavía no firme, así como con informes anteriores dictados por la Consellería de Cultura (...)». Dice también: «Ello, al margen de que se aprecia en dicho informe la omisión del estudio y siquiera alusión de textos legales que igualmente serían de aplicación obligatoria, fundamentalmente, de la Ley 8/1995 de 30 de octubre sobre Protección del Patrimonio Histórico y Cultural de Galicia».