Mi consulta es la siguiente: me han reconocido la incapacidad permanente por una sentencia dictada por el Juzgado de lo Social y ahora el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) ha presentado recurso de suplicación. ¿Qué derechos tengo hasta que se resuelva? ¿Y luego?
Si se reconoce una prestación de incapacidad permanente, durante el tiempo de tramitación del recurso planteado por el INSS ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, el pensionista tiene derecho a estar cobrando las prestaciones económicas así como a todos los beneficios derivados de su condición de pensionista. En la actualidad la tramitación de un recurso está tardado desde un año hasta casi cuatro años. En el caso de que el Tribunal Superior de Justicia de Galicia estime el recurso planteado por el INSS y deniegue el derecho a cobrar la prestación, el pensionista no tiene que devolver las cantidades cobradas hasta ese momento, pero deja de cobrar las prestaciones a partir de la fecha de la sentencia.
Catarina Capeans Amenedo (Letrada de Iglesias Abogados)
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