Los autónomos pagarán 8,33 euros mensuales para tener derecho a paro

Colpisa

ECONOMÍA

Tendrán derecho a la protección los emprendedores con cobertura por accidente de trabajo y enfermedad profesional.

23 dic 2009 . Actualizado a las 19:05 h.

Los autónomos pagarán 8,33 euros al mes para tener derecho a la cobertura de paro, según el proyecto de ley aprobado este miércoles por el Consejo de Ministros. No obstante, todavía pasará tiempo hasta que la nueva prestación sea una realidad, puesto que la tramitación parlamentaria llevará meses y luego habrá un periodo de carencia, de un año, durante el que los emprendedores cotizarán sin percibir el desempleo. El Gobierno había pospuesto la aprobación al día 30, pero decidió adelantarla.

El proyecto está destinado a los autónomos que cesen en su actividad de manera involuntaria, basado en tres principios básicos: «contributivo, solidario y sostenible financieramente». La fórmula elegida es «mixta, entre voluntario y obligatorio». Tendrán derecho a la protección los emprendedores con cobertura por accidente de trabajo y enfermedad profesional. En la actualidad hay 539.338 trabajadores en estas circunstancias.

Existen dos grupos de autónomos que tienen la obligación de cubrir el riesgo de accidente o enfermedad laboral. Uno es el de los trabajadores económicamente dependientes, cuyo 75% de ingresos depende exclusivamente de un mismo cliente o empresa. Tienen un tratamiento especial. Y el otro es el de los autónomos que desarrollan su actividad en áreas de alto riesgo. Aparte están los emprendedores que voluntariamente desean contar con mayor protección.

Casi 600 euros

El texto aprobado esta sujeto a cambios tanto en el Congreso como en el Senado. Hasta entonces, recoge que la cuantía a pagar será del 70% de la base por la que el trabajador cotiza durante los 12 meses anteriores. Sobre el importe mínimo del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), de la Seguridad Social, de 833,40 euros mensuales para 2009, la prestación alcanzaría los 583,38 euros y la máxima, los 1.383,9 euros en el supuesto de tener más de dos hijos.

La duración de la protección estará en función de los periodos de cotización, con un mínimo de dos meses de cobertura por año de cotización. El máximo de prestación será de seis meses tras una aportación de tres años. En el caso de los autónomos entre 60 y 64 años, la duración de la protección se incrementa a un mínimo de tres y a un máximo de nueve meses.

El tipo de cotización establecido es del 1,5% de la base, con una reducción del 0,5% en la cotización por la cobertura de incapacidad temporal, por lo que el trabajador pagará efectivamente para el primer año sobre un 1% sobre la base mínima de los 833,40 euros. Esto supondrá que abonará 8,33 euros al mes para cubrir la nueva protección social. Para garantizar el sistema, cada año, la Ley de Presupuestos fijará el tipo de cotización.