Los acreedores no tienen derecho a reclamar por la reducción

La Voz

VIGO

12 feb 2010 . Actualizado a las 02:00 h.

Aunque no afecta para nada a los accionistas, ni a las medidas anunciadas por el grupo sindicado, el club hizo público un anuncio recordando que los acreedores no tenían derecho a reclamar por la reducción de capital aprobada en la junta general de accionista del pasado mes de diciembre.

«Dada la finalidad de la reducción aprobada queda excluido el derecho de oposición de los acreedores a tener de lo dispuesto en el artículo 167 de la Ley de Sociedades Anónimas».

El artículo en cuestión especifica que «cuando la reducción del capital tenga por única finalidad restablecer el equilibrio entre el capital y el patrimonio neto de la sociedad disminuido por consecuencia de pérdidas», cuestión que se ajusta a la argumentación esgrimida por el Celta para llevar a cabo la reducción.