Ocho años de prisión por abusar de una minusválida toda una noche

Jesús M. García

OURENSE

El condenado se aprovechó de que la víctima padece una discapacidad psíquica y física del 96%

16 jul 2009 . Actualizado a las 11:03 h.

Carlos Páramos Díaz ha sido condenado por la Audiencia Provincial de Ourense a ocho años de cárcel por haber cometido un delito de agresión sexual en la persona de una mujer que posee una minusvalía física y psíquica del 96% y que vivía de la caridad. La sentencia también impone al condenado el pago de 9.000 euros en concepto de responsabilidad civil, más intereses legales, a la víctima. Al mismo tiempo Carlos ha sido absuelto al no considerársele responsable de la falta de maltrato de la que se le había acusado.

La Sala no tiene duda que en la madrugada del 2 de septiembre de 2006, Carlos Páramos, con antecedentes penales por otras causas, fue al bar Doce de octubre de la calle San Pedro de la capital. Allí se encontró con una mujer de 41 años, indigente y con su estado de salud muy deteriorado. Él la convenció para le acompañase a la casa donde el acusado vivía, que era de otro amigo suyo, porque quería dar a la mujer unas pertenencias de un amigo común de los tres, Manuel.

A casa llegaron el acusado, su amigo y la mujer. El amigo de Carlos decidió marcharse después de decir que no quería saber nada de lo que allí pudiese acontecer. Cuando se fue, Carlos cerró la puerta con llave, a continuación golpeó a la mujer en un brazo, la llevó a una habitación. La víctima le preguntaba qué estaba haciendo y él le respondió diciéndole que iban a realizar el acto sexual. La mujer intentó irse del lugar pero no pudo hacerlo. El procesado la agarró por el cuello, le tapó la boca y la obligó a desvestirse.

Durante toda la noche, hasta las siete de la mañana, el acusado consiguió consumar el acto sexual de forma reiterada. Al amanecer, este hombre salió de casa con su víctima y la llevó a dos bares para beber alcohol. Cuando la mujer pudo marcharse, contó lo sucedido a su amigo con le que en aquel entonces convivía. A los dos días del suceso volvió al bar donde había conocido a su agresor y el dueño del local le dio los datos del ahora condenado y de su amigo. Ella llamó entonces a la policía para denunciar los hechos.

Según la sentencia, Carlos se encontró con Manuel al que contó lo que le había hecho a la víctima durante la noche.

Evidencias

La Sala manifiesta que en este caso se evidencia que hubo agresión sexual traducida en tres tipos de penetración sin consentimiento de la víctima, habiendo violencia e intimidación.

El tribunal tuvo en cuenta el testimonio de la agredida, en el que no detectó contradicciones, destacando que se trata de una mujer con un 96% de minusvalía reconocida. La declaración de esta queda corroborada para los magistrados con el parte médico de primera asistencia y con el informe médico forense que detectan un resultado lesivo compatible con la agresión que la mujer declaró haber recibido. La mujer presentaba una lesión lumbar compatible con la presión ejercida en la espalda. El testimonio de la señora queda asimismo apoyado con declaraciones periféricas, es decir, la de Manuel, quien declaró que se había ido de casa nada más llegar a ella en compañía de Carlos y de la víctima. Se fue de la vivienda nada más escuchar cómo su amigo ordenaba a la mujer que se quitara la ropa interior. Añadió que al irse, vio a la mujer asustada. Además contó cómo Carlos, tras consumar la agresión, dijo a Manuel lo que le había hecho.

El entonces compañero de piso de la víctima señaló que ella estaba llorando y que parecía estar drogada, aspecto que coincide con el hecho de que minutos antes había estado bebiendo alcohol obligada por el agresor en un bar, cuando ella no está acostumbrada a beber alcohol.

Por si fuera poco, el dueño del bar ayudó a la víctima a identificar a los sospechosos, además de verla llegar llorando y de contarle que quisieron abusar de ella.