El Ayuntamiento de Vigo deberá pagar 2.814 euros a un policía local por los golpes que le dio un delincuente
VIGO CIUDAD
El condenado se declaró insolvente y el agente reclamó una compensación al Concello, que se la denegó porque había cobrado ya su baja
13 abr 2025 . Actualizado a las 05:00 h.El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de Vigo ha condenado al Concello de Vigo a indemnizar a un policía local con 2.814 euros más intereses por los daños físicos que sufrió al ser agredido por un delincuente, que fue declarado insolvente. El juez considera que el agente debe ser resarcido porque estaba de servicio ante una acción ilícita.
El agente fue defendido por el abogado Antonio Martiño, del despacho Mardoc Gabinete Jurídico. Se trata del segundo caso resuelto a favor de un policía. Las resoluciones de los tribunales de Vigo son diversas, unas estimatorias y la mayoría de rechazo porque manejan diversos criterios. En su día, el abogado del Estado sostuvo que «no puede llevarse a cabo un trasvase a la vía administrativa del sistema de valoración de los daños utilizado en la vía penal» cuando el criminalmente responsable es declarado insolvente. Recalca que «no existe ninguna norma que imponga a la Administración responder de las indemnizaciones en la misma cuantía en que hayan sido fijadas en una sentencia penal».
Pero el juez de Vigo replica que «la cantidad reconocida con carácter firme en vía penal como resarcimiento es la que debe ser reconocida como indemnidad».
El agente estuvo de baja un mes en el otoño del 2021. En enero del 2023, el Juzgado de lo Penal número 2 de Vigo vio probado que el policía local, a raíz del golpe propinado por un sospechoso y el posterior forcejeo en la detención, sufrió lesiones consistentes en una cervicalgia y dolor articular en mano y hombro, precisando su sanidad de tratamiento médico rehabilitador, tardando en curar 32 días de perjuicio moderado impeditivo. La sentencia ordenó al condenado que pagase 2.814 euros de indemnización. Luego, el juzgado dictó un decreto de insolvencia del acusado.
El Concello veía injusto pagar al agente la misma cuantía que le adeudaba el delincuente porque el Ayuntamiento «no es culpable de nada, y segundo, porque el agente demandante ya ha percibido cantidades de esta que palían la compensación económica que pudiera corresponderle en concepto de período de incapacidad temporal». Consideraba que el agente obtendría un «premio» a cuenta del evento. Pero el juez no tiene pruebas de que el agente haya percibido en su baja todas las retribuciones del Concello que le correspondido en el caso de que no estuviese de baja laboral.