El fiscal recurre la absolución de la alcaldesa de O Porriño

alejandro martínez O PORRIÑO / LA VOZ

O PORRIÑO

M.MORALEJO

Cree que la deslealtad y falsedad probadas son delitos

19 dic 2018 . Actualizado a las 05:00 h.

La designación de la alcaldesa de O Porriño, Eva García de la Torre, como candidata del PSOE a la alcaldía vuelve a quedar en entredicho. La Fiscalía ha presentado un recurso a la sentencia que la absolvió, a finales de noviembre, de sendos delitos de falsificación y deslealtad profesioal.

El representante del Ministerio Público considera que los hechos que fueron probados en la sentencia constituyen un delito de falsedad en documento oficial previsto en el Código Penal. También considera probado el delito de deslealtad profesional en el que habría incurrido al engañar a unos clientes en el ejercicio de su profesión de abogada.

Eva García de la Torre se sentó en el banquillo en el juzgado de lo penal 1 de Pontevedra el pasado 22 de noviembre, una vista en la que se declaró inocente. La Fiscalía le pedía una condena de dos años y medio de cárcel y su inhabilitación para ejercer el derecho de sufragio pasivo por el tiempo de condena, cuestión que la inhabilitaría para repetir como candidata.

Fallo

El juez sostiene en su sentencia que los hechos por los que fue juzgada no son constitutivos de una infracción penal y la acabó absolviendo. Por un lado, entiende que no tuvo la oportunidad de exculparse en la fase de instrucción del delito de deslealtada profesional que el fiscal introdujo en el acto del juicio oral.

En cuanto al delito de falsedad documental, considera acreditado que De la Torre remitió a sus clientes «un documento inveraz que fue alterado por ella misma o por otra persona a petición suya».

La cuestión es que dicho documento «no tuvo acceso al tráfico jurídico, ya que solo fue usado por la acusada para hacer ver a sus clientes que había presentado la demanda de ejecución provisional sin ser ello cierto». Abunda en que para que pueda ser punible esa falsedad documental atribuida a particulares «es preciso que la alteración afecte al tráfico mercantil, de manera que esa alteración de la verdad ha de ser instrumento efectivo para lesionar ese bien jurídico».

Eva García de la Torre acogió con satisfacción la sentencia. «He confiado en todo momento en la justicia porque no hay nada y nada se puede probar», comentó tras conocer el fallo.

El auto de apertura de juicio oral data del 18 de mayo, pero no fue hasta el pasado mes de noviembre, fecha en la que el caso se hizo público, cuando la alcaldesa renunció a la militancia socialista para no tener que someterse al código ético del partido, que le obligaría a dimitir de sus cargos en el momento de conocer que iba a ser juzgada.