Baiona multará con hasta 750 euros los ruidos nocturnos en edificios

Monica Torres
m.torres BAIONA / LA VOZ

BAIONA

El año pasado se sancionó a 50 personas por orinar en la calle y gritar

15 ene 2015 . Actualizado a las 05:00 h.

Los ruidos en el interior de edificios de Baiona que perturben el descanso de los vecinos serán sancionados con multas de hasta 750 euros y, en caso de reincidencia, esta cantidad podría duplicarse. El Boletín Oficial de la Provincia publicó ayer la modificación de la ordenanza de convivencia ciudadana, en vigor en la villa desde mediados del 2013 y la misma especifica las nuevas normas respecto a la producción de ruidos dentro de las comunidades de vecinos.

Según explicó el alcalde, Jesús Vázquez Almuiña, la modificación se hizo tras la derogación de una ley autonómica sobre la materia que dejaba este capítulo sin especificar con el correspondiente vacío legal para actuar. La modificación desarrolla un capítulo en el que se dice que la producción de ruidos en el interior de edificios entre las 22 y las 8.00 horas debe reducirse al mínimo para no perturbar el descanso de los vecinos. Queda prohibido cantar, usar instrumentos musicales o semejantes, gritar o vociferar así como realizar reparaciones domésticas o trabajos que produzcan molestias y cualquier otra actividad o comportamiento singular o colectivo que conlleve una perturbación por ruidos para los vecinos, evitable con la observancia de un conducta cívica normal.

En el caso de los titulares de establecimientos públicos, concreta que están obligados a velar por el orden público y el descanso vecinal y los establece como directamente responsables del comportamiento sonoro de su clientela. Por lo tanto, deja claro la normativa, son también directamente responsables de adoptar las medidas adecuadas para evitar estos actos cívicos y molestos. La ordenanza recomienda, a este efecto, la instalación de una placa en el exterior de los establecimientos de pública concurrencia, especialmente en los establecimientos musicales, en el que se pida el respeto al descanso vecinal. Con carácter general se prohíbe en vías y zonas públicas el empleo de todo dispositivo sonoro con fines de propaganda, reclamo, aviso, distracción y análogos, salvo que dispongan de autorización municipal o se trate de actos deportivos y culturales de concurrencia pública o durante períodos electorales.

La policía podrá realizar comprobaciones de las molestias originadas por comportamientos incívicos y emitirá el correspondiente informe. El incumplimiento de las normas constituirá una infracción leve sancionable con multas de entre 250 y 750 euros y grave en el caso de reincidencia, con multa de 751 hasta 1.500 euros. Los agentes apercibirán personalmente a los infractores para que cesen de forma inmediata en su comportamiento con independencia de las sanciones que corresponda imponer. Orinar en la calle y los ruidos en la vía pública son dos de las principales conductas incívicas que pretende atajar esta ordenanza municipal.

El alcalde confirmó ayer que, en suma, por incumplir estas dos normas se sancionó durante el 2013 a medio centenar de personas. «La prioridad es la concienciación y la ordenanza funciona porque se asumen las normas de convivencia y porque hay quien opta por sustituir la sanción económica por horas de trabajos sociales para la comunidad; esta fórmula es una muy buena enseñanza de educación cívica para todos», defiende Jesús Vázquez Almuiña. Los trabajos sociales se traducen en horas de limpieza de vías públicas.

Los dueños de los locales deben responder por la conducta sonora de sus clientes