Un juzgado de Vigo avala los domingos obligatorios en el turno de noche de Stellantis

E. V. PITA VIGO / LA VOZ

VIGO

Imagen de archivo de la planta de Stellantis en Balaídos
Imagen de archivo de la planta de Stellantis en Balaídos M.MORALEJO

Concluye que se respeta el descanso diario y semanal y archiva la denuncia sindical

18 mar 2026 . Actualizado a las 05:00 h.

El sindicato CUT (con adhesión de la CIG) ha fracasado a la hora de pedir que el juez declare que la práctica empresarial de Stellantis de habilitar domingos obligatorios en el turno de noche implica un incumplimiento de los derechos de descanso diario y semanal. La empresa alegó que ningún trabajador se quejó hasta ahora de que no le hayan respetado su descanso por hacer la denominada «sexta noche».

La CUT explicó al juez que los trabajadores estaban prestando servicios en el turno de noche, cuyo horario habitual hasta abril del 2024 era de lunes a viernes, pero después de esa fecha pasó a ser de domingo a jueves. Ese turno de noche se caracteriza por la distribución irregular de la jornada y apertura variable, tanto en el número de horas diarias como en las jornadas de lunes a domingo.

El Juzgado de lo Social número 7 de Vigo dictó una sentencia del 12 de diciembre del 2025 que avala la postura del grupo fabricante de automóviles porque no ve vulneración de descansos ni que haya un solapamiento de la sexta jornada que implique al descanso diario y al semanal. Es posible acumular el descanso semanal sin que conste la queja de ningún trabajador concreto que haya visto afectado su descanso diario o semanal, que es rotatorio. Se trata de un turno especial y variable, sujeto a una distribución irregular.