Sentido común

Antonio M. Díaz PRESIDENTE DE PAIS E NAIS SEPARADOS

SOCIEDAD

23 may 2013 . Actualizado a las 07:00 h.

Es habitual que, invocando el interés superior del menor, las sentencias de divorcio fijen un régimen de guarda y custodia exclusiva de los hijos menores para uno de los progenitores, generalmente la madre, limitando la función del padre a visitas (la semántica no es inocente) de dos fines de semana al mes y la mitad de las vacaciones escolares.

Esto es producto de una inercia cultural machista que atribuye a las mujeres la dulce carga -pero carga al fin- del cuidado y atención de los niños, y limita en la práctica su promoción a puestos de responsabilidad en el mundo laboral, que suelen exigir una dedicación más amplia y flexible, condiciones que satisfará con mayor holgura el padre extirpado, del que no se espera más que su contribución económica.

Curiosamente, existen movimientos autodenominados feministas que se oponen a la custodia compartida y alegan: «nosotras los parimos?» Consecuentemente, entienden que son las únicas «dueñas y administradoras» de esos preciados «bienes». Contradicción evidente con lo que reivindican los verdaderos movimientos feministas: derecho a la igualdad, implicación de los hombres en las tareas del hogar y cuidado y crianza de los hijos, que suscribimos sin reservas.

¿Es que un padre divorciado es menos padre que el que vive en pareja? El divorcio rompe el vínculo entre la pareja, pero ninguna ley natural o jurídica puede anular o desvirtuar el hecho de la paternidad. Y los padres también saben y quieren dar el beso de buenas noches.