Una academia de inglés de Santiago deberá readmitir a dos profesores porque su despido fue represión sindical
SANTIAGO
La empresa alegó causas económicas y organizativas después de que los trabajadores se organizasen para convocar una huelga
20 mar 2026 . Actualizado a las 05:00 h.La empresa que gestiona una academia de inglés con centros en varias localidades gallegas, entre ellas Santiago, tendrá que readmitir a dos profesores a los que despidió alegando como causa objetiva «razones económicas y organizativas», pagarles los salarios que dejaron de percibir e indemnizarlos con 7.501 euros a cada uno porque los tribunales han declarado nula la medida por entender que en realidad fue una represalia por ser ambos representantes sindicales de los trabajadores. Así lo entendió en primera instancia el Juzgado de lo Social número 2 de la ciudad y lo acaba de ratificar el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG).
En la carta de despido que recibieron ambos empleados, les explicaban que la empresa había decidido extinguir la relación laboral porque llevaban cuatro cursos bajando en su número de alumnos, de aproximadamente 500 a 269, y que las previsiones de matrículas hacían inviable el mantenimiento de todos los puestos cubiertos hasta ese momento.
Aseguraban también que para reflotar la situación precisaban de perfiles diferentes a los suyos, pero incluían una frase que a la postre iba a ser determinante en el juicio: «Ante la dificultad probatoria de estos hechos y en aras a no tener que acudir a la vía judicial ni dañar la relación que nos ha unido hasta el momento, la empresa pone a su disposición en este acto la indemnización que correspondería a lo que cabría percibir en caso de un despido improcedente». Esa cantidad fue de 1.309,55 euros en uno de los casos y de 667,62 en el otro.
Los profesores acudieron a los tribunales, donde no es que la academia no lograse demostrar esa bajada de ingresos, sino que quedó patente al analizar sus cuentas que no existía de forma global. Y lo que afloró fue otro tipo de conflicto que para los magistrados es un caso de vulneración de derechos fundamentales porque se consideró que el despido fue en realidad una represalia por haber constituido los empleados la sección sindical de la Confederación Nacional do Traballo (CNT) y haber emprendido una campaña de reclamación de mejoras salariales que desembocó en una huelga.
En su recurso ante el TSXG, la empresa negó esas represalias sindicales, pero la sala considera que «el indicio o principio de prueba de la vulneración de derechos —a la libertad sindical y al derecho de huelga— está suficientemente conformado por los demandantes».