Condenan a Médicos sin Fronteras por discriminar a dos trabajadores

La Voz SANTIAGO / LA VOZ

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Negaron la conversión de los contratos de dos cubanos por tener una autorización de estancia de estudios

17 jun 2016 . Actualizado a las 05:00 h.

La oenegé Médicos sin Fronteras ha sido condenada por vulnerar derechos fundamentales de dos de sus trabajadores en Santiago, cubanos, al negarles, en tanto que extranjeros con autorización de estancia de estudios, la conversión de sus contratos en indefinidos. La demanda presentada por ambos con el respaldo del sindicato CNT ha sido estimada parcialmente por el Juzgado de lo Social número 3 y se suma a otra distinta contra la misma organización por modificación unilateral de condiciones contractuales, informó ayer la central.

La sentencia cita entre los hechos probados que los dos empleados extranjeros tienen autorización administrativa de estancia en España por estudios y para trabajar por ser su trabajo compatible con los estudios. Sus contratos son de duración determinada para obra o servicio a tiempo parcial y se dedicaban, con antigüedad de 27 de enero del 2014, a la captación de socios. En diciembre de ese año, Médicos sin Fronteras convirtió en indefinidos los contratos de sus trabajadores con iguales funciones que los dos demandantes, pero no los de estos por considerar que sus contratos debían ser temporales al igual que sus autorizaciones de estancia, lo que la niega la jueza, que aprecia «un indicio de trato desigual». La sentencia rechaza la indemnización reclamada a la oenegé por daño moral.