Pizzas que eran en realidad partidas de hachís: la condena que pone el broche a las grandes redadas en O Vao

Alfredo López Penide
López PEnide PONTEVEDRA / LA VOZ

PONTEVEDRA

Ramón Leiro

Alfonso Sanmartín compaginaba la gestión de una pizzería en Vilagarcía con el suministro de estupefacientes a integrantes del clan del Sevilla

06 mar 2024 . Actualizado a las 10:57 h.

Poco menos de dos años, desde octubre del 2018 y junio del 2020, la Guardia Civil y la Policía Nacional llevaron a cabo una serie de redadas en el poblado de O Vao que consiguieron erradicar la manera en la que se venía trapicheando en este asentamiento de Poio durante décadas. Estos operativos policiales se tradujeron posteriormente en 42 condenas que tuvieron como diana integrantes de los distintos clanes que operaban en este entorno. A este número se sumó recientemente una nueva condenada, la número 43, la de un vecino de Vilagarcía de Arousa, Alfonso Sanmartín, que había sido señalado por los investigadores como uno de los suministradores de la droga.

Su arresto se produjo en el marco de la operación Gepetto, investigación desarrollada por la Policía Nacional de Pontevedra, concretamente por la Unidad de Drogas y Crimen Organizado (Udyco) y el Grupo de Tráfico Medio de Pontevedra, que permitió determinar que, entre agosto del 2018 y febrero del año siguiente, los acusados se coordinaron para hacer acopio y comercialización de estupefacientes, heroína y cocaína, que posteriormente distribuían. Estas ventas se realizaban desde una chabola o «concertando la entrega de determinadas partidas de estupefacientes por vía telefónica o telemática».

Ramón Leiro

La totalidad de los acusados, con la excepción de Alfonso Sanmartín, asumieron penas de cárcel que se movieron entre los tres y los cinco años. Miguel Camacho Giménez, el Sevilla, y su hijo Pedro Camacho Borja, Pinocho, máximos responsables de este entramado, aceptaron cuatro años de prisión y el pago de una multa de cien mil euros por tráfico de drogas, así como seis meses por integrar un grupo criminal.

Solo restaba por conocer el futuro que deparaba a quien fue señalado como uno de los suministradores de la droga, quien rechazó cualquier acuerdo de conformidad con la Fiscalía. Ahora, la Audiencia de Pontevedra le ha impuesto año y medio de prisión y multa de trescientos euros como autor de un delito contra la salud pública referido a sustancias que no causan grave daño a la salud. Esta sentencia no es firme, por lo que cabe recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG).

La sentencia

La propia Audiencia confirma las sospechas de la Policía Nacional al ratificar que se pudo identificar al acusado como uno de los suministradores de estupefacientes. Esto determinó que, en febrero del 2019, se autorizase judicialmente un registro de su domicilio, lo que permitió la localización de «efectos o instrumentos relacionados con la actividad ilícita de acopio y comercialización en el mercado ilícito de estupefacientes». Así, en un cajón de la mesita de noche de su habitación, se decomisaron pequeñas partidas de resina de cannabis o hachís —14,86 gramos valorados en 82,03 euros, 3,193 gramos con un valor en el mercado ilícito de 17,63 euros, 4,841 gramos tasados en 26,72 euros y 48,5 gramos valorados en 267,72 euros—.

Ramón Leiro

Los magistrados sostienen que esta droga estaba destinada a su venta a terceras personas y no al autoconsumo, algo que «se deriva, no solo de la cantidad de sustancia incautada, sino también de la valoración por el tribunal de las circunstancias concurrentes: la distribución de la droga en distintos paquetes, la forma en la que estaba empaquetada envuelta el film transparente —lo que no se aviene bien con el consumo inmediato— y con el logo de Lacoste y el hecho de que no ha sido acreditado, de modo mínimamente consistente y más allá de sus solas manifestaciones al respecto en el plenario, que el acusado (...) resultara consumidor habitual».

A esto se suma los seguimientos, vigilancias y pinchazos telefónicos que, a decir de la Audiencia de Pontevedra, sustentaron la imputación del acusado. Así, entre otras, se alude a una conversación entre uno de los ya condenados en su día y el propio Alfonso Sanmartín en la que hablan de pizzas de «no muy buena calidad, en referencia a sustancia estupefaciente», mientras que un hermano del primero, que trabajaba en la pizzería regentada por el acusado, «relativa a que se ocultaba la sustancia en la parte de atrás entre los calcetines».