La sala pontevedresa rechaza de plano que el delito de falsificación hubiera prescrito
15 jul 2004 . Actualizado a las 07:00 h.? los tres años de prisión a los que fue condenado el narcotraficante Alfredo Cordero González por la posesión de numerosos documentos de identidad falsificados se le tienen que sumar una multa de 2.160 euros, según se recoge en la sentencia de este caso. La sala argumenta la imposición de esta cantidad en concreto en el hecho de que, «si bien no constan datos específicos sobre su capacidad económica (la de Cordero González), tampoco consta que se trate de un indigente». Añade, en este sentido, que el montante está calculado en base a «la experiencia y al coste medio de la vida». En la resolución judicial, el primer aspecto que aborda el magistrado del Juzgado de lo Penal número uno de Pontevedra es la hipótesis mantenida por la abogada del narcotraficante de que los cargos han prescrito. Basó su razonamiento en que su cliente sostuvo que los papeles le fueron entregados en 1994 y el procedimiento se incoó seis años más tarde. Esta pretensión es desestimada de plano y de manera contundente: «Si se aceptara el argumento de la defensa se dejaría en manos del acusado su propia impunidad, pues bastaría con dar por válidas manifestaciones que ha realizado bajo el derecho a no confesarse culpable». Caducidad en el 2006 Incide en que muchos de los documentos de identidad falsificados reseñan una vigencia que sobrepasa el 2000. Incluso en algunos casos la caducidad no se produciría hasta el 2006, por lo que «su potencialidad lesiva, de no haber sido encontrados, existía en el momento de incoarse la causa». De hecho, y pese a que el procesado negó durante el juicio haber utilizado en su provecho los citados papeles, el magistrado afirma que si Alfredo Cordero «no fue detenido antes fue, a buen seguro, gracias a la gran cantidad de documentación falsa que poseía en su poder». Califica como «sencillamente absurda e increíble» la coartada que mantuvo el acusado durante el juicio. Tras su arresto el 25 de febrero del 2000 en un domicilio de Vila de Cruces y durante la vista oral, el narcotraficante vilanovés afirmó que los documentos se los regaló un recluso de una prisión madrileña «sin él pedírselos como muestra de gratitud por invitarlo a tomar café». El titular del juzgado reprocha que, para tratar de verificar tal afirmación, la defensa no hubiera presentado testigo alguno que corroborará la declaración. Aclara, asimismo, que resulta indiferente que Alfredo Cordero González fuera o no la persona que realizó personalmente las imitaciones, ya que la jurisprudencia apunta a que son también autores de un delito de falsificación las personas que ordenan o encargan tal labor a terceros.