El alcalde de Vilamartín legaliza una cantera previo pago de diez millones
VILAMARTÍN DE VALDEORRAS
Candal firmó un convenio con Pizarras Gallegas al tiempo que decretó el cierre de otra empresa del sector El regidor concede la licencia tras 38 años de actividad de la industria
12 jun 2003 . Actualizado a las 07:00 h.?ay dos varas de medir en el Concello de Vilamartín, que dirige el Partido Popular en la persona de Manuel Candal Candal. En el mismo ayuntamiento desarrollan su actividad dos empresas de pizarra, «Canteras de Vilamartín, S. L. (Cavima)» y Canteras Gallegas S. A. Mientras a la primera, el concello le envió varias notificaciones de cierre e inició acciones judiciales que la mantienen en este momento sin actividad, a la segunda le legalizó su situación administrativa. La diferencia entre ambos procederes está, entre otros motivos, en la firma de un «convenio de colaboración» mediante el cual Pizarras Gallegas abona al Concello de Vilamartín diez millones de pesetas. Así se rubricó en el concello valdeorrés el 26 de octubre de 1998 por Manuel Candal y Dionisio Rodríguez Jurjo, en representación del ayuntamiento y de la empresa respectivamente. En el texto del convenio, y tras considerar la explotación minera como de «carácter público e interés social», se le reconoce con 38 años de retraso, que tiene licencia de apertura, se le legaliza el cambio de titularidad de la empresa, con 19 años de demora y se le especifica que en el futuro plan de urbanismo de Vilamartín «se procederá a la modificación del suelo en el que Pizarras Gallegas desarrolla su actividad». Y se hará, se hace constar también, de acuerdo con la propuesta que había presentado la empresa. Justicia Mientras que para una cantera todo eran facilidades, para Cavima todo eran dificultades. Tres meses antes de firmar el convenio con Pizarras Gallegas, Candal Candal rubricaba un decreto por el que se suspendían las actividades de la otra pizarrera por no tener la explotación licencia municipal para llevar a cabo las tareas de movimientos de tierras. El regidor resolvía «suspender de forma inmediata la ejecución de los actos de uso del suelo» e indicaba que contra su decisión la empresa podía formular recurso ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia. Recurso que se presentó y que la alta instancia judicial gallega resolvió a favor del ayuntamiento con la siguiente argumentación: «De los datos aportados, y de las propias manifestaciones de la empresa, resulta la sorprendente conclusión de que aparentemente, una empresa y actividad de una envergadura e incidencia como de la que aquí se trata, se desarrolla y realiza sin las correspondientes licencias». En base a ello la sala acordó, sin imposición de costas, dar la razón al concello por la necesidad de que las actividades comerciales estén amparadas por la preceptiva licencia municipal.