La CIG denuncia el rigor con que se aplica el Código Penal a los sindicatos

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MIGUEL VILLAR

La Audiencia rechaza la petición de cárcel para un sindicalista pero confirma la multa por daños La central llama la atención sobre el incumplimiento de las normas de seguridad laborales

04 nov 2006 . Actualizado a las 06:00 h.

?a Confederación Intersindical Galega, CIG, ha valorado de forma muy positiva la sentencia de la Audiencia Provincial de Ourense que desestima los recursos de apelación contra una sentencia del Xulgado do Penal nº 2 -recursos que pedían que se revisase el caso contra Carlos Vázquez, responsable del sector Servizos de la CIG, y se le condenase a tres años y un mes de cárcel por su participación en los piquetes de la huelga general del 2002-, aunque matiza que se constata de nuevo que existe demasiado rigor en la aplicación del Codigo Penal a los líderes sindicales y una clara relajación en lo que se refiere a su aplicación a los empresarios. La sentencia contra la que se recurrió absolvía a Carlos Vázquez, miembro de la ejecutiva de la CIG, de la «petición do ministerio fiscal de tres anos e un mes de cadea polo suposto delito contra os dereitos dos traballadores, condenandoo sin embargo á pena de sete meses de multa a razón de 6 euros/día e ao pago dunha indemnización de 5.700 euros polo delito de daños» por su actuación en la huelga general del 20 de junio del 2002. Aunque desde la CIG se valora positivamente que se rechazara el recurso, se considera «contradictorio que se ratifique a condena a un dirixente sindical ao pago dunha multa e indemnización por un incidente producido durante a actuación dun masivo piquete informativo que estaba exercitando os seus dereitos, dando a impresión de que se está a perseguir e castigar a participación de sindicalistas nas folgas». Desde la CIG se constata «unha vez máis que existe moito rigor á hora de aplicar o Código Penal para perseguir aos líderes sindicais, mais non é a mesma vara de medir a que se utiliza cando se atenta realmente contra o dereito dos traballadores por parte dos empresarios, e poñamos por caso as situacións que se están dando no referente á siniestrabilidade laboral. ¿Cantos empresarios hai enxuiciados e condeados por incumprimentos das normas de seguridade no traballo?». Ponte Vella Los hechos que motivaron la denuncia y las actuaciones posteriores -la nueva resolución de la Audiencia es firme y contra ella ya no cabe recurso- se desarrollaron el 20 de junio del 2002 con motivo de la huelga general convocado para protestar por el Decretazo del Gobierno de José María Aznar. La denuncia se refiere a la presencia de los piquetes informativos durante esa jornada en el Centro Comercial Ponte Vella de la ciudad de Ourense. Carlos Vázquez, responsable de la sección de Servizos de la CIG, eludirá la petición de cárcel que se solicitaba en el recurso más deberá abonar una multa de 5.700 euros por los daños de aquel día.