El implicado no podrá conducir durante un período de un año El conductor aefctado confesó a la policía que con la cena había tomado dos whiskys
28 nov 2004 . Actualizado a las 06:00 h.La torpeza con la que el pasado 27 de octubre maniobraba el conductor de un autocar, atascado en la calle Ervedelo, le ha costado cara. Era tanta que llamó la atención a una patrulla de la Policía Local de Ourense . Había tomado al menos chupitos de más. Y pagará por ello. Ocurrió precisamente a una hora en la que la vía precisaba estar expedita para facilitar el tráfico en el entorno de O Couto, donde se había celebrado el partido de fútbol entre el equipo local y el Atlético de Madrid. Los agentes intentaron ayudara al conductor, Miguel Ángel Parro, de 32 años, pero al acercarse a él se percataron de que no estaba en las mejores condiciones para conducir. Lo invitaron a hacer una prueba de alcoholemia, dio positivo y, como consecuencia de ello, fue denunciado al juzgado de guardia, imputado por un delito contra la seguridad del tráfico, juzgado y ahora condenado. No podrá conducir durante un período de un año y un día. El suceso se produjo sobre las once y media de la noche. El implicado, chófer de una empresa madrileña, se encontraba en Ourense para trasladar a los integrantes de una orquesta que había ofrecido un concierto en el Teatro Principal. Todo iba según el programa previsto. Cenó y, como él mismo confesó durante la vista oral, tomó un par de whiskys. Un tasa de 0,99 El resultado de esos traguitos, cuando los agentes lo invitaron a soplar, fue llamativo: 0,99 miligramos de alcohol por litro de aire espirado. una alta graduación que, como dice el juez en la sentencia, multiplica por ocho el límite reglamentario previsto, al tratarse de un conductor profesional cuya tasa de alcohol autorizada se limita a 0,15 miligramos. La sentencia hace notar que el acusado conducía con su capacidad de atención y reacción mermadas por la ingestión de bebidas alcohólicas, con el consiguiente riesgo para los demás usuarios de la vía. Indica, además, que el chófer presentaba los signos habituales en este tipo de procedimientos: habla pastosa, respuesta titubeante, aliento con olor a alcohol y ojos enrojecidos. No deja de indicar el magistrado Cid Manzano que la comisión de este delito requiere que el alcohol influya en la conducción, incumbiendo al juzgador la valoración de la prueba para determinar si se produce esa circunstancia, que en este caso sí ve.