Me resultaría harto complicado ser abogado en ejercicio si no existiera la figura del procurador de los tribunales, esos profesionales del derecho cuyo principal objetivo es agilizar los procedimientos judiciales y, para ello, actuar como intermediarios entre el juzgado, el abogado y el cliente. Además interponen las demandas, comparecen en nombre del cliente, reciben las notificaciones de autos y sentencias, etcétera. No dejar de decir que su intervención es obligatoria, salvo en contadas ocasiones, como pueden ser delitos leves, petición inicial de los procedimientos monitorios y juicios verbales por debajo de una determinada cuantía. Cuando no actúan, en mi opinión, el pleito no transcurre con igual agilidad como cuando sí intervienen.
Algunos clientes se preguntan si no es una figura a extinguir. En absoluto. Es un engranaje más de la maquinaria judicial, y de los importantes. Quizá la gloria de un éxito judicial se la lleve el letrado, que habla en estrados, pero detrás de esos interrogatorios y conclusiones están muchas horas de trabajo de estos licenciados en Derecho que han optado por esta profesión cargada de responsabilidad, ya que un error por su parte puede acarrear consecuencias imprevisibles. Aunque, por ser fiel a la verdad, en más de tres décadas de ejercicio profesional jamás me encontré un procurador que no hiciese su trabajo a la perfección.