¿Deber de corrección?

Ignacio Bermúdez de Castro
Ignacio Bermúdez de Castro PASOS SIN HUELLAS

OPINIÓN

04 abr 2022 . Actualizado a las 05:00 h.

Un padre es condenado a tres años de prisión por castigar a su hija con duchas frías y correazos cuando, a su juicio, se portaba mal. En mi opinión, una cosa es el derecho de corrección de un hijo con un cachete, que duele más a quien lo da que a quien lo recibe, y otra apalearlo de la forma más cruel imaginable. Difícil tenía el acusado su defensa cuando el Instituto de Medicina Legal de Galicia emitió un detallado informe acreditativo de la veracidad de la versión de la menor.

Aquí, la sección sexta de la Audiencia Provincial de A Coruña, con sede en Santiago, lo tuvo fácil. Al tener claro los hechos, se limitó a aplicar el artículo 173.2 del Código Penal, por lo cual el acusado ingresará en prisión por un período de tres años e indemnizará a su hija con 2.000 euros, impidiéndosele acercarse a la misma durante un año, siete meses y quince días.

La Xunta de Galicia asumió su tutela legal, al ser declarada la menor en situación de desamparo, y ninguna duda debemos tener acerca de que el infierno de esta chica ha finalizado. La Administración se encargará de proporcionarle todo aquello que su padre le negó. Es duro criarse sin la cercanía de tus progenitores, pero, en casos como estos, cuanto más lejos se encuentren, mejor que mejor. Que gran ocasión, caso de darse los requisitos necesarios para ello, para una adopción.