Querellas a la catalana

Ignacio Bermúdez de Castro
Ignacio Bermúdez de Castro PASOS SIN HUELLAS

OPINIÓN

03 jun 2020 . Actualizado a las 05:00 h.

En el argot jurídico se denominan «querellas a la catalana» a aquellas acciones legales que se interponen contra alguien para crear caos judicial o intimidar al querellado teniendo poca o ninguna base legal. Pretender que se impute al director del Centro de Coordinación de Alertas y Emergencias Sanitarias, Fernando Simón, por entre otros delitos el de homicidio imprudente no es otra cosa que un claro ejemplo de este tipo de querellas criminales. Comprendo el inmenso dolor y frustración de los familiares de las víctimas, pero no se puede responsabilizar al facultativo de tanta desgracia. Pretender acudir al abuso de la vía penal en este caso lo único que produce es, además del archivo de las querellas y una posible interposición de costas judiciales, un mayor colapso de nuestra ya saturada Administración de Justicia. En ocasiones también se presentan con el único fin de conseguir pruebas para un futuro juicio civil. Fernando Simón pudo haber hecho mejor o peor su trabajo, pero de ahí a tildarlo de homicida, aunque sea por actitud imprudente, va un trecho largo. Técnico-jurídicamente hay que hilar muy fino a la hora de querellarse contra alguien, y en esta ocasión no se hizo. Soy uno más de los muchos millones de españoles que critica, por pésima, la gestión por parte del Gobierno de esta crisis sanitaria. Pero eso es una cosa y una querella a la catalana es otra. Si se pretende reclamar, acúdase vía responsabilidad patrimonial de la Administración por actuaciones de sus autoridades y de su personal, aunque es de prever que contestarán alegando la existencia de fuerza mayor determinante de exclusión de responsabilidad, en el sentido de que esta pandemia, de conformidad con la doctrina del Consejo de Estado, no pudo preverse o que prevista resultara inevitable.