Al entender que los animales de compañía son «un ser vivo dotado de sensibilidad», se abre la posibilidad de regular su relación y cuidado como se estaba haciendo para los demás miembros de la unidad familiar. De ahí que se pasará a establecer un régimen de guarda y custodia, visitas, pensión de alimentos, gastos extraordinarios y vacaciones para los animales que convivían con nosotros antes y después del divorcio. Desde febrero, hemos estado recibiendo varias consultas al respecto en el despacho de parejas en vías de separación. Aunque la ley no lo reconociera expresamente, para los dueños, sus mascotas siempre han sido un miembro más del hogar. Para ellos era muy importante que, después del divorcio, todo siguiera siendo más o menos como antes. Para el miembro que no quedaba a su cargo era muy importante poder seguir disfrutando de la mascota algún tiempo. Algunas Audiencias Provinciales ya se venían manifestando acerca de esta realidad social, normalmente para denegar la medida. Aunque es cierto que la jurisprudencia, en algunos casos ya venía otorgando estas medidas para los animales, como la Audiencia Provincial de Navarra en el 2012.
Con la aprobación de esta futura ley se van a solucionar muchos conflictos que se estaban produciendo en los juzgados de familia porque cada vez son más frecuentes los divorcios que afectan a familias con animales. En España hay más animales de compañía en nuestros hogares que niños escolarizados, un dato que invita a comentar que esta nueva ley es una gran noticia para toda la familia.