Por el Umia abajo va...

| ALBINO PRADA |

OPINIÓN

04 sep 2006 . Actualizado a las 07:00 h.

... UNA SOPA QUÍMICA verdosa con su espuma; al parecer contiene: estireno, tolueno, xileno, tetracloribenceno, estilbenceno, trimetilbenceno... Brenntag, la empresa responsable, contaba con una certificación ISO 14001 de sus instalaciones que, entre otras cosas, le reconocía unos requisitos legales ambientales sobre accidentes mayores, se supone porque algún auditor estuvo en ello. Contaba también con un recién estrenado dispositivo antiincendios de medio millón de euros. Y, sin embargo, según declara su responsable, «el plan de seguridad en sí funcionó, pero no ha tenido la suficiente potencia». El resultado de este desajuste (entre funcionamiento y potencia) es abrumador: la nave quedó totalmente calcinada y con una parte indeterminada de sus productos químicos a la deriva por el río Umia. Supongamos que en todo lo anterior no existe ninguna chapuza, que estas cosas a veces suceden sin remedio. Si así fuese se concluiría que hay que pasar de las políticas de prevención a la aplicación del principio de precaución. ¿Qué significa esto? Según la Cumbre de Río (1992), que «cuando exista peligro de daño grave, la falta de certeza no debe utilizarse como argumento para postergar el adoptar medidas efectivas para impedirlo». Traducido al caso: que si es imposible garantizar que un desastre como el de Brenntag en Caldas de Reis no va a suceder (seamos humildes, no lo es)... hay que adoptar medidas de precaución previas, frente a riesgos que no tenemos la capacidad y seguridad de controlar. Aquí, para empezar, precaución básica sería aislar-distanciar almacenes de distribución de este tipo tanto de espacios habitados como de cursos de agua y dotarlos de un perímetro de aislamiento freático (tal como se hace en los vertederos de residuos peligrosos). Pero las cosas no suceden así. El suelo industrial suele situarse con demasiada frecuencia cerca de cauces y terrazas aluviales para facilitar unas veces los vertidos (¿controlados?, ¿siempre?) y otras porque son terrenos de bajo coste por no ser aptos para la edificación. En ambos casos el valor del agua -y del río- escapa al principio de precaución, ¡cosas de ecologistas y de gente que no confía en la técnica! No sé si desde hace años el Ayuntamiento, la Xunta y el Ministerio de Medio Ambiente están haciendo cumplir las normas aplicables (entre muchas otras la Lei 8/1993 de la Xunta y las Leyes 6/2001 y 16/2002 del Estado), tampoco si conocían y revisaban todo lo que pasaba en esta planta y en otras similares. Debemos suponer que sí («queda prohibido acumular sustancias que constituyan o puedan constituir un peligro de contaminación de las aguas». Art. 97 Ley 6/2001), por tanto que no hay más culpables que la empresa y que ésta responderá, con sus aseguradoras, de todos los daños que se están produciendo. También debemos esperar que la sopa tóxica que baja por el Umia va a ser frenada y neutralizada de manera eficaz en las próximas horas. Si todo fuese así habría aún dos lecciones básicas a sacar: la primera, que a partir de ahora, frente a la soberbia y al falso aplomo técnico, no debemos olvidar nunca el principio de precaución; y la segunda, que si yo fuese responsable (sic) de Augas de Galicia -y tal como baja el Umia- tendría que estar dejando ese cargo público para otra persona.