La ley del tabaco

PABLO GONZÁLEZ MARIÑAS

OPINIÓN

EL PROYECTO de ley que acaba de aprobar el Consejo de Ministros sobre el consumo de tabaco obliga a la reflexión sobre la creación del Derecho, su imposición y el grado de coacción permisible y conveniente incluso para la aceptabilidad y aplicación real de las normas. Porque el proyecto en cuestión es más prohibitivo que preventivo y muy limitativo de la conducta de los particulares, aparte de riguroso en las sanciones y apresurado en su aplicación inmediata, sin períodos de «acostumbramiento». Ya el maestro Hauriou advertía de la existencia de dos momentos diferenciados y complementarios en la operación de establecimiento de la regla de derecho: primero, la decisión del poder público que la crea y define; y, segundo, su aceptación por el medio social, que convertirá en objetiva tal regla de derecho. Cuando la segunda falla, a la ley suele ocurrirle lo peor: que nadie atienda a sus mandatos, como nos ha ocurrido, por ejemplo, con muchas leyes urbanísticas. Esta consecuencia sería muy lamentable en este caso, ya que el tabaquismo constituye una lacra importante para nuestra salud y para el erario público. Tiene, pues, el Parlamento una importante tarea por delante en la discusión del proyecto. Ante todo, ha de convencer de la necesidad y bondad de su propósito, pues el vigente Estado de Derecho no es ya aquel Estado «eudemonista» del despotismo ilustrado que podía anteponer sin explicaciones la búsqueda de «la felicidad y el bienestar» de los ciudadanos a sus libertades. Y, después, avanzar en criterios preventivos y no estrictamente prohibitivos, mitigar el rigor legal, considerar con sensibilidad todos los derechos afectados, y templar las prisas, que no son buen consejero para la necesaria aceptación social de una norma restrictiva.