CUANDO, hace dos meses, el etarra Gil Ostoaga fue puesto en libertad tras haber cumplido 13 de los 298 años de prisión a los que había sido condenado, algunos dijeron que con el Código Penal ahora vigente tal vergüenza no se habría producido. Pese a reconocerlo, escribí entonces en esta misma columna que tiene ahora la gentileza de leer: «Pero ni siquiera el nuevo Código impedirá que quien ha cometido actos terroristas pueda volver a hacerlo durante el tiempo que teóricamente debería estar encarcelado». A evitar esa posibilidad escandalosa es a lo que, según parece, se dirigen tanto el proyecto de reforma del Código Penal que el Gobierno aprobará en el próximo Consejo de Ministros, como la proposición que prepara el PSOE desde hace unas semanas. Uno y otra persiguen un único objetivo: evitar que quien no ha renunciado al terrorismo pueda aprovecharse de los beneficios penitenciarios previstos en la ley (progresión al tercer grado en régimen de semilibertad y concesión de la libertad provisional) estableciendo, para ello, que tales beneficios serán siempre calculados sobre el total de años de condena y no sobre los de la pena máxima a cumplir, que no podrá superar, según los casos, los 20, 25 o 30 años. Se trata, pues, de impedir a toda costa, con los instrumentos que suministra en Estado de derecho, que los terroristas que han cometido delitos de sangre puedan salir en libertad y volver a realizar actividades criminales durante el tiempo de condena, burlándose así, de un modo indecente, el espíritu que justifica constitucional y legalmente los beneficios de los que gozan en España los reclusos. De hecho, es justamente ese objetivo el que elimina por la base cualquier duda sobre la constitucionalidad de la reforma proyectada. Porque, aunque es cierto que nuestra ley fundamental dispone con meridiana claridad que las penas privativas de libertad estarán orientadas hacia la reinserción de los reclusos, no lo es menos que tal mandato ha acabado generando un torcido mecanismo por virtud del cual los beneficios penitenciarios se conceden casi automáticamente y al margen de una real demostración por parte del penado de su supuesta reinserción. ¿O es que están reinsertados los etarras que, ya en la calle, vuelven a delinquir en cuanto pueden? La verdad es que un absurdo entendimiento del principio constitucional de la reinserción social ha acabado por abaratar de un modo sangrante para todos el precio de los cientos de muertes que ETA ha provocado. Por eso es de puro sentido común una reforma que trata de aumentar ese precio hasta el límite mismo que lo permite el Estado de derecho.