En el plazo de algo más de dos años, los terrenos con la consideración de solares urbanos (edificación mediante licencia directa) que estén sin edificar podrían ser expropiados por el Ayuntamiento. Es una potestad que el gobierno local no prevé utilizar, pero podría hacerlo una vez constituido el registro municipal de solares, que aprobará en una próxima sesión plenaria. Responsables municipales señalan que la creación del registro es una obligación legal. Por no disponer del citado listado, el Concello no puede enajenar sobrantes de parcelas, aunque, como en un reciente caso, no tengan más de cuatro metros cuadrados. De todos modos, en el equipo de López Orozco creen que es conveniente modificar la ley para evitar que recursos como el del registro de solares puedan dar pie a situaciones indeseables.
El registro municipal de solares es uno de los instrumentos que la ley pone a disposición de los ayuntamientos para intervenir en el mercado del suelo. En el caso de Lugo, la delegada de Urbanismo, María Novo, y la concejala de Economía, Sonia Méndez, anuncian que el proyecto de ordenanza para la construcción del registro de solares está a estudio del secretario del Ayuntamiento y ya ha sido remitido a los grupos de la oposición municipal. Probablemente será sometida a debate en la próxima sesión plenaria.
La ley establece -señalaron Novo y Méndez- que los propietarios tienen obligación de edificar dentro de los plazos fijados en las correspondientes figuras urbanísticas o en los dos años siguientes a que la finca adquiera la condición de solar. En caso de no ser así, los solares pasarían a figurar en el citado registro y los dueños dispondrían de otros dos años para construir. De no hacerlo, el Concello podría expropiar o utilizar otras posibilidades que le da la Ley para poner en el mercado los citados terrenos.
La incorporación de un solar al citado registro podrá hacerse por propia iniciativa del Ayuntamiento o a raíz de comunicaciones de particulares.
Méndez y Novo indican que la creación del registro es una imposición legal, que fue recordada al Concello al hilo de la revisión por la Xunta de la legislación urbanística. En todo caso, afirmaron que el Ayuntamiento en ningún caso se plantea expropiar solares. Novo señala que si la nueva Xunta se plantea la revisión de normativa urbanística, como las Normas Hábitat, también debe revisar aspectos legales como el que impone la obligatoriedad de constituir el registro de solares y las posibles consecuencias de éste. «El Ayuntamiento de Lugo estaría encantado de que se revisase esta norma», señaló la delegada del alcalde para Urbanismo, María Novo.
Situación generalizada
La citada representante del alcalde declaró que por no estar constituido el registro el Concello no puede vender sobrantes de parcelas. Ocurrió recientemente con un terreno municipal de poco más de cuatro metros cuadrados que quería comprar un constructor. Añadió que la mayor parte de los ayuntamientos trabajan ya en el citado registro e indicó que otros los tienen desde hace años aunque no aprovechan las posibilidades que ofrece.