Ni de inducción a la prostitución, ni de secuestro, ni de cualquier otra imputación más llamativa en relación con el comercio sexual o la trata de mujeres, sino de un delito contra los derechos de los trabajadores, es de lo que acabó acusando el ministerio fiscal a las dos personas que regentaban el club de alterne Diva, en O Carballiño, en abril del año 2000. La denuncia de una de las mujeres que alternaban en el local, víctima de un supuesto secuestro, abrió el caso y condujo en su día a la detención de José Manuel V.S. y Marlene A.P., de 35 y 37 años, junto con una tercera persona ya exculpada durante la instrucción. Los implicados se enfrentan ahora a peticiones de prisión de tres años para cada uno de ellos, aparte de 1.620 euros de multa, como presuntos autores de esa figura delictiva. Bebida y sexo La fiscalía arranca su imputación de la identificación, por parte de la Guardia Civil de O Carballiño, de una serie de mujeres extranjeras que, según su versión, trabajaban en el referido local bajo las directrices de los acusados y siempre en horario nocturno. Entiende la representación del ministerio público que las seis mujeres citadas en el procedimiento mantenían una relación laboral con el club, siendo su trabajo el de captación y entretenimiento de los clientes, a quienes debía inducir al consumo de bebidas y con quienes alternaban y mantenían relaciones sexuales cuando así lo acordaban. El precio de cada copa, según detalla el escrito de acusación, era de 18 euros (3.000 pesetas), de los cuales 12 eran para las trabajadoras y el resto (900 pesetas) eran para el local. Las relaciones sexuales, por otra parte, costaban al cliente 36 euros (6.000 pesetas), de los cuales 30 eran para ellas y el resto para el establecimiento. Las retribuciones no eran percibidas por las mujeres, sino por acusados, que cada jueves entregan a las mujeres el dinero que le correspondía, según sus propias cuentas. Precisa la fiscalía que las mujeres eran obligadas a seguir las directrices del club, que les imponía multas de seis euros en los casos de incumplimiento. Ninguna de ellas estaba en posesión del correspondiente permiso de trabajo, ni había sido dado de alta en la seguridad social en la fecha en que ocurrieron estos hechos. Sin relación La defensa, por su parte, niega la existencia de relación laboral entre las mujeres y el club de alterne, donde, efectivamente, se encontraban, pero su actividad se desarrollaba al margen de cualquier vinculación de carácter empresarial. No hay, por tanto, explotación alguna. Piden, por ello, la libre absolución de los dos acusados.