Los españoles en el extranjero podrán registrarse en las oficinas consulares por vía telemática

M. P. V.

GALICIA

Personas acudiendo a votar en un consulado español
Personas acudiendo a votar en un consulado español A. M. F. V.

La reforma entrará en vigor y la digitalización se implantará progresivamente durante un año; este registro es necesario, por ejemplo, para poder votar desde fuera de España

02 oct 2024 . Actualizado a las 18:12 h.

El Boletín Oficial del Estado (BOE) publica este miércoles el real decreto que reforma la inscripción de los españoles en los registros de las oficinas consulares en el extranjero. El objetivo es permitir que varios trámites, como el alta, puedan hacerse de manera telemática, sin necesidad de desplazarse físicamente.

La reforma entrará en vigor a los seis meses de su publicación, pero a partir de entonces esta nueva fase de digitalización del registro consular se irá implantando progresivamente en el plazo máximo de un año.

Con los nuevos cambios, el Registro de Matrícula Consular tendrá carácter digital y todas las personas de nacionalidad española, sean residentes habituales o temporales en el extranjero, podrán podrán realizar los trámites asociados a él de manera presencial o por medios electrónicos. Según el ministro de Asuntos Exteriores, José Manuel Albares, esto supondrá una «revolución» de los servicios que prestan a los ciudadanos.

Estar dado de alta en el registro de matrícula consular es fundamental, por ejemplo, para poder votar desde el extranjero en las elecciones autonómicas o generales que se celebren en España, pero también facilita a los servicios consulares dar protección y asistencia a los ciudadanos que lo precisen.

El nuevo registro electrónico evitará el desplazamiento físico para determinados trámites que podrán realizarse de manera telemática, como el alta, la modificación de datos o la baja, a través de la creación de un número de identificación consular central que será único e invariable. También se podrá pedir la expedición de certificados. Los ciudadanos españoles en el extranjero podrán acceder a una sede electrónica, donde habrá una carpeta consular. Con todo, se mantendrá la posibilidad de que quien quiera pueda seguir realizando los trámites presencialmente.

También se mantendrá la distinción entre las personas residentes en el exterior, para las que la inscripción va a seguir siendo obligatoria, y los no residentes, para los que será opcional. Esto permitirá adaptar la inscripción a las circunstancias concretas de cada persona, indicó el ministro de Asuntos Exteriores, que recalcó la rapidez, la eficiencia y la agilidad que permitirá este sistema para la atención consular.