Juan Antonio G. P. salió ayer absuelto ya del juicio en el que se sentaba en el banquillo como acusado de delitos de imprudencia y contra la seguridad del tráfico. En sus conclusiones provisionales, el representante del Ministerio Fiscal pedía 19 arrestos de fin de semana y dos años y seis meses de retirada del carné. Todo quedó en nada.
Los hechos enjuiciados ocurrieron cerca de la medianoche del 13 de abril del 2002. Juan Antonio G. P. iba al volante de una camioneta Urovesa perteneciente a la empresa en la que trabajaba. Al llegar a la altura del cruce de las calles Xuncal y Real de Ares colisionó contra un Peugeot modelo 106, a cuyo volente iba su propietario, y dos acompañantes, hermanos.
Como consecuencia del accidente, el conductor sufrió traumatismo craneoencefálico, lesiones en un ojo, fractura de la clavícula izquierda y pérdida de un diente. Uno de sus acompañantes también sufrió heridas que lo mantuvieron de baja, como el caso anterior, más de dos meses. Pues bien, la patrulla de Tráfico de la Guardia Civil que intervino denunció a Juan Antonio G. P., atribuyéndole la responsabilidad del accidente y, además, señalando como una de las posibles causas el alcohol, porque este conductor, al practicarle la prueba, arrojó como resultado 0,35 miligramos por litro de aire espirado.
El testigo
Ocurre que los hechos se remontan al 2002, cuando todavía no había sido reformado el Código Penal en materia de tráfico para agravar las penas y reducir a 0,25 el nivel mínimo autorizado. Pero la sorpresa surgió ayer en el juicio cuando declaró como testigo un agente de la Policía Local de Ares que explicó que en el punto señalado donde se produjo el siniestro ya no existía entonces una señalización horizontal de ceda el paso. Según el atestado de la Guardia Civil, Juan Antonio G. P. se había saltado esta señalización.
El choque fue de tal envergadura que el turismo Peugeot resultó totalmente destruido, y fue declarado siniestro total.
Ante este testimonio oficial, el representante del Ministerio Fiscal optó por retirar los cargos por lo que la titular del Juzgado de lo Penal número 1 de Ferrol, al desaparecer la acusación, optó por absolver al conductor porque tampoco existía acusación particular que mantuviese las imputaciones, cosa que se le comunicó en el mismo acto del juicio.
Aunque el conductor dio 0,35 en la primera prueba, media hora después el nivel de alcohol había descendido a 0,29 cuando se le practicó la segunda con el aparato de soplar