La compleja tramitación disuade a descendientes de judíos españoles de pedir la nacionalidad
23 abr 2017 . Actualizado a las 05:00 h.Toledo, a veces llamada la Jerusalén de Occidente, recuerda una página oscura en la historia de España. Los judíos vivieron en la Península Ibérica, en la llamada Sefarad, durante siglos y hasta 1492, cuando los Reyes Católicos ordenaron su expulsión. Fue el origen de un éxodo que se extendió desde el Imperio Otomano hasta el Nuevo Mundo. Cinco siglos después, una ley de reparación histórica cerró su herida con España y abrió la puerta para que los descendientes de aquellos judíos pudiesen reclamar la nacionalidad española.
Las cifras son, sin embargo, mucho más modestas de lo esperado. Desde su entrada en vigor, en octubre del 2015, solo se ha concedido la nacionalidad por la nueva ley a 601 sefardíes. Por otro lado, estarían los 4.523 que esperaban la resolución de su expediente cuando entró en vigor la norma y a los que el Gobierno ya concedió el pasaporte español por carta de naturaleza. En Israel, donde vive la comunidad sefardí más numerosa (aproximadamente 1,4 millones de personas) y donde se formaron colas en los consulados españoles una vez se anunciaron los planes del Ejecutivo de Mariano Rajoy, los demandantes no llegan al centenar (97). En Estados Unidos o Francia, lugar en el que residen cerca de 350.000 sefardíes, la historia se repite y la cifra de nacionalizados es bastante insignificante, 38 y 11 respectivamente, según los datos ofrecidos por el Ministerio de Justicia. Aunque los expertos reconocen que es prácticamente imposible establecer un censo de sefardíes en el mundo, la mayoría de los cálculos estiman en casi 3,5 millones las personas que podrían acogerse a la ley. El Gobierno valoró en 90.000 los posibles aspirantes pero ni de lejos se alcanzará esa cifra. Tras un año y medio, el número de beneficiarios tan solo supera el medio millar y 936 personas permanecen a la espera de la resolución favorable. Ello se debe, según distintas fuentes, a la complejidad de los trámites.
Requisitos
Para acogerse a la ley, que tiene vigencia hasta septiembre del 2018, el solicitante tiene que acreditar su vinculación con España, certificar por medio de la autoridad rabínica local su origen sefardí, así como demostrar el uso del ladino o haquitía como idioma familiar, aportar la partida de nacimiento o certificado matrimonial y el informe motivado sobre la pertenencia de su apellido al linaje sefardí. Obtener todos estos documentos no siempre es fácil, dada la diáspora del pueblo judío y la eliminación de familias enteras en el Holocausto.
Una vez conseguidos, traducidos y legalizados, hay que remitirlos a la Dirección General del Registro y del Notariado. A partir de ahí comienza la segunda parte de la carrera de obstáculos que supone obtener la nacionalidad española. El interesado tiene que viajar a España para comparecer personalmente, salvo excepciones, ante el notario designado. Además, debe superar un examen de español y otro de conocimientos constitucionales y socioculturales. El proceso exige gastos importantes. Los costes de tramitación pueden oscilar entre 3.000 y 4.000 euros.