El Poder Judicial quiere que la confesión deje de ser atenuante en los crímenes machistas

álvaro soto MADRID / COLPISA

ESPAÑA

Un estudio de las sentencias emitidas en el 2011 revela que es la eximente más utilizada para buscar rebajas de las penas

03 oct 2014 . Actualizado a las 07:26 h.

El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) quiere acabar con los beneficios que para el agresor conlleva confesar un crimen machista. Un informe elaborado por un grupo de expertos en violencia machista del CGPJ recomienda abordar el estudio de la supresión o reconsideración de la circunstancia atenuante de confesión en los delitos de este tipo con resultado de muerte.

En el estudio se ha analizado por primera vez los datos relativos a las sentencias dictadas por violencia de género y a las propias de violencia doméstica en el 2011, último año del que se tienen recopiladas las sentencias. En 16 de las 50 emitidas -44 por violencia de género y 6 por violencia doméstica- se apreciaron circunstancias atenuantes de la responsabilidad criminal. Y dentro de estas circunstancias atenuantes, la de la confesión es la que más aparece: en nueve ocasiones en las primeras -en las que el acusado siempre es hombre- y en una en las segundas, en las que las acusadas fueron todas mujeres.

En el informe se recuerda que la atenuante de confesión nació con la finalidad de otorgar un tratamiento más favorable a aquel que facilite la investigación del delito y que se aplica en todos los casos en los que el autor o autora reconoce haber cometido los hechos, simplificando así la instrucción de la causa. Los expertos recomiendan, sin embargo, que cuando la ejecución del hecho o las circunstancias que lo rodean permitan sin dificultad atribuir la autoría del crimen a una persona, haciendo por tanto inoperante la motivación que justifica la apreciación de la confesión, se estudie la supresión o la reconsideración de esta circunstancia atenuante en delitos con resultado de muerte por violencia de género o violencia doméstica.

El estudio revela también que de las 44 sentencias por violencia de género, 41 resultaron condenatorias (el 93 %) y, de estas, 30 lo fueron por asesinato (73 %), 9 por homicidio (22 %) y dos por homicidio imprudente (5 %). La condena por asesinato significa que se ha acreditado que la muerte se ha ejecutado con alevosía.