La reforma constitucional responde a una iniciativa de Merkel y Sarkozy
04 sep 2011 . Actualizado a las 06:00 h.El 16 de agosto, Merkel y Sarkozy se reúnen en París para intentar frenar la escalada de ataques de los mercados a la deuda soberana. Como antídoto, instan a sus socios comunitarios a incluir un límite de déficit en sus constituciones. Una semana después, Zapatero anuncia en el Congreso la reforma exprés de la Carta Magna. La decisión la había negociado con Rajoy y se la había comunicado tan solo unas horas antes al candidato Alfredo Pérez Rubalcaba. La noticia coge por sorpresa al resto de los partidos, e incluso a ministros y diputados del PSOE. La reforma genera un alud de críticas, por la forma y el contenido, que desembocó el viernes en una insólita sesión parlamentaria que visualizó la grave fractura política que ha generado la medida.
¿Qué cambia?
La reforma consiste en la modificación del artículo 135. En seis párrafos, impone a todas las Administraciones el principio de estabilidad presupuestaria. Es decir, los Gobiernos, tanto el central como los autonómicos y locales, no podrán gastar más de lo que ingresen durante un ejercicio. Aunque la pretensión del PP era fijar un déficit cero y la intención de Zapatero era elevarlo al 0,4 %, Rubalcaba se negó a incorporar una cifra concreta en la Constitución.
¿Cuál es el tope de déficit?
La Constitución no fijará un límite concreto, pero el nuevo artículo 135 obliga a establecerlo en una ley orgánica. El pacto político PSOE-PP para impulsar la reforma prevé la aprobación de la ley para antes del 30 de junio del 2012. En ella se impondrá un tope del 0,4 % para el conjunto de las Administraciones: un 0,26 % a la central, y del 0,14 % para las autonómicas. Las locales deberán presentar presupuestos sin déficit.
¿Cómo se aplicará?
Los nuevos límites se aplicarán a partir del ejercicio presupuestario del año 2020. No obstante, el pacto político PSOE-PP prevé que esos topes puedan ser revisados en los años 2015 y 2018 a propuesta de cada uno de ellos. La reforma pone coto a lo que denomina déficit estructural, es decir a la diferencia entre ingresos y gastos estables, es decir sin contar los que dependen de la coyuntura económica. Además, el párrafo 4 del nuevo artículo 135 permite desviaciones en casos de catástrofes naturales, recesiones económicas o situaciones de emergencia extraordinaria que escapen al control del Estado y «perjudiquen considerablemente la situación financiera o la sostenibilidad económica o social del Estado».
¿Es novedosa la medida?
La cuantía del déficit público ya está regulada en la Ley General de Estabilidad Presupuestaria, aprobada en el 2001 por el Gobierno de Aznar y modificada en el 2006 por Zapatero, que la flexibilizó para cuantificar los déficits «a lo largo del ciclo», es decir que se permitía incurrir en números rojos en los años negativos del ciclo económico a condición de que se compensará con superávit en la fase expansiva. La reforma endurece lo previsto en esta ley y eleva el rango de la norma al incluirla en la Constitución, lo que ahora mismo solo hacen Alemania, Polonia, Estados Unidos y Chile, aunque otros países europeos la van a incorporar también a sus textos fundamentales.
¿Por qué la critican?
Los partidos, menos PP y PSOE, reprochan la urgencia de la reforma, sin debate y sin haber sido consultados. Además, la mayoría ve inapropiado incluir el límite en la Constitución. La izquierda entiende que es una medida de derechas que limita la autonomía de los Gobiernos y conllevará recortes sociales. Los nacionalistas quieren que el límite de las autonomías lo fijen sus Parlamentos.