La suerte de los indocumentados depende del lugar por donde entren, dice un informe
ESPAÑA
Human Rights Watch critica la aplicación desigual de la Ley de Extranjería española Human Rights Watch (HRW), una organización dedicada a la defensa de los derechos humanos, con sede en Nueva York, emitió ayer un informe muy crítico con la aplicación que las autoridades españolas están realizando de la Ley de Extranjería, que data de 2000. Los responsables de la ONG aseguran que en España no existe un tratamiento homogéneo de las demandas de asilo. Además, añaden que la suerte de los peticionarios depende no de lo que establece la ley, sino de por donde entren en España los sin papeles.
03 jul 2002 . Actualizado a las 07:00 h.Una investigación efectuada por agentes de HRW en diferentes puntos calientes de la geografía nacional, principalmente afectados por la presión migratoria, asegura que no existe un tratamiento homogéneo de las demandas de asilo y que la suerte de los peticionarios puede depender no ya de lo que dice la ley, sino de por dónde intenta entrar en España el aspirante. En Ceuta, por ejemplo, las autoridades procesan con gran rapidez los documentos de expulsión de los inmigrantes, para que puedan ser así enviados a la Península, sin tomar en consideración si esas personas pueden ser expulsadas efectivamente desde territorio peninsular, porque haya acuerdos de repatriación o, simplemente, conocimiento adecuado del lugar de origen del candidato al asilo. La asignación de documentos de expulsiones inejecutables son también frecuentes en Andalucía. En Melilla, algunos grupos de inmigrantes son enviados a la Península con documentos de trabajo y permisos de residencia en regla, mientras que a otros se los confina en centros de internamiento, donde se acumulan los inmigrantes cuyas demandas han sido desatendidas y están a la espera de ser expulsados. En Canarias, finalmente, las autoridades proceden a la captura de los inmigrantes que llegan en pateras y expulsan a los que pueden. Al resto, lo liberan en las calles de Las Palmas, una vez concluido el periodo permitido de detención. La constatación de estos hechos lleva a HRW a considerar que la normativa vigente en España es aplicada arbitrariamente, y que los derechos procesales de los candidatos (asesoría, capacidad de recurrir la orden de repatriación) tienen carácter meramente simbólico.