Un solo hecho, dos infracciones independientes

Rafael Alonso

DEPORTES

27 jun 2014 . Actualizado a las 07:00 h.

Luis Suárez ha sido sancionado por dos infracciones: conducta antideportiva hacia un rival y ofensa a la moral deportiva. Resulta chocante que un solo hecho se considere constitutivo de dos infracciones independientes, lo que puede ser un primer y sólido motivo del recurso que, presumiblemente, interpondrán el propio jugador, la Asociación Uruguaya de Fútbol o quizás, en su día, el Liverpool, como interesado que posiblemente debería haber sido oído antes de la adopción de la decisión por la Comisión Disciplinaria al resultar dicho club directamente afectado al menos por una de las sanciones.

Las sanciones impuestas a Suárez son tres: multa de unos 82.200 euros, 9 partidos oficiales sin jugar con la selección uruguaya (el primero, el de mañana de octavos de final) y 4 meses de inhabilitación para ejercer cualquier actividad relacionada con el fútbol. Durante el cumplimiento de esas sanciones, Suárez tampoco podrá acceder a estadios.

En relación con los 4 meses de inhabilitación, el cumplimiento de este tipo de sanción puede además interrumpirse durante los periodos en que no se celebren competiciones. A la vista de la nota de prensa de la FIFA llama la atención esta sanción, no prevista expresamente para ninguna de las infracciones imputadas.

Ahora cabe recurso ante el Comité de Apelación de la propia FIFA, sin que ello suspenda automáticamente el cumplimiento de las sanciones, salvo la de multa. Cabría también posterior recurso ante la División Ad Hoc del Tribunal Arbitral del Deporte, constituida con ocasión de la celebración del Mundial, y en último término ante el Tribunal Federal suizo.

Rafael Alonso es abogado del despacho Caruncho, Tomé & Judel (socio de Hispajuris) y Máster en Derecho Deportivo.