Competición multa al Valencia, pero no clausurará Mestalla

La Voz AGENCIAS | MADRID

DEPORTES

Califica sólo como «grave» la agresión al linier en el partido de Copa

07 feb 2006 . Actualizado a las 06:00 h.

El Comité de Competición de la Federación Española de Fútbol acordó no clausurar el estadio de Mestalla por la agresión que sufrió el asistente Vicente Egido Rozas durante el Valencia-Deportivo y multar al conjunto levantino con 6.000 euros. Competición consideró como «hechos graves» el lanzamiento de una moneda que golpeó al juez de línea, pero no «muy graves», por lo sólo apercibe de cierre e impone al club la máxima multa que contemplan los estatutos. La agresión se produjo el 25 de enero, en el minuto 44 del partido de vuelta de los cuartos de final de la Copa. Segundos después de que Villa lograse el tanto que igualaba la eliminatoria, una moneda impactó en el asistente y le hizo una herida en la frente, lo que motivó que el árbitro Megía Dávila suspendiese el partido. El comité acordó que el encuentro se reanudase a puerta cerrada. El Deportivo, gracias a un penalti lanzado por Víctor, empató y se clasificó para las semifinales. La modificación estatutaria de la federación evitó, igual que ocurrió en el caso del Camp Nou -entonces con efecto retroactivo-, el cierre de Mestalla. La nueva redacción del artículo 118 de los Estatutos de la RFEF determina que cuando en un partido «se altere el orden, se menoscabe o ponga en peligro la integridad física de los árbitros, técnicos o personas en general [...] el club será sancionado con hasta 6.000 euros, apercibiéndole con la clausura en caso de reincidencia», si se produce durante la misma temporada. Según esta reglamentación, Riazor no hubiera sido clausurado después de que una moneda alcanzara al colegiado Llonch Andreu al final del encuentro Deportivo-Espanyol de la campaña 97-98. El precedente más inmediato fue la multa de 4.000 euros al Barcelona por los incidentes en el partido contra el Madrid del 23 de noviembre del 2002, en el que cayó una cabeza de cochinillo al césped. Los comités deportivos sancionaron los hechos con el cierre del Camp Nou durante dos partidos, decisión recurrida por el Barcelona por la vía contencioso-administrativa. La retirada del recurso volvió a dejar en manos del comité la aplicación de un castigo que se limitó a una multa al aplicar, de forma retroactiva, la modificación estatutaria de varios artículos aprobada en la asamblea de la Federación Española de Fútbol en julio del 2003, a propuesta de la Liga de Fútbol Profesional, con el objetivo de «poner ponderación a los cierres de estadios en beneficio del transcurrir de la competición».