La norma obligará a los propietarios a rehabilitar su edificio

La Voz

A CORUÑA

25 may 2008 . Actualizado a las 02:00 h.

La futura Lei de Vivenda, que sustituirá a la que está en vigor desde el 2002, se articula sobre la premisa de que las casas y edificios deben cumplir una función social, por lo que, para ello, sus propietarios tienen que conservarlas en sus condiciones de funcionalidad, ornato público y habitabilidad. El alcance de la medida es significativo, porque puede afectar a 70.000 edificios en mal estado en Galicia.

Con arreglo a esa idea central, el anteproyecto de ley estipula que los dueños «deberán levar a cabo as obras de rehabilitación que resulten necesarias sobre os elementos comúns ou privativos dos edificios ou das vivendas, cando o incumprimento do deber de conservación ou a insuficiencia das medidas adoitadas supuxeran un deterioro das condicións normais de funcionalidade, seguridade, salubridade, ornato público e habitabilidade». De acuerdo con el borrador, el concello tendrá la competencia de velar por el cumplimiento de esos deberes de conservación y rehabilitación, pero, si no ejerce esa facultad, la Xunta deberá actuar por subrogación. Podrá incluso expropiar la vivienda, si el concello no actúa y el dueño desoye las órdenes de ejecución.

Vivenda se reserva la posibilidad de forzar al propietario a que le ceda el inmueble por un tiempo determinado para costear su rehabilitación. La consellería gestionaría el alquiler de esa vivienda hasta que lo recaudado a través de la renta permita sufragar el 70% del coste de las obras, para devolver después el inmueble a su dueño en perfectas condiciones de conservación. Para evitar esa intervención administrativa, el titular de la vivienda podrá venderla o asumir la financiación parcial de la reforma, En este sentido, la ley ofertará nuevos préstamos a mayores de los que ya existen, que pueden llegar a cubrir la totalidad del presupuesto.

La norma también contempla medidas para la actualización de rentas antiguas para evitar situaciones de acoso inmobiliario.

Otra de las novedades de la ley es la ampliación del capítulo de sanciones y el fuerte incremento de la cuantía de las sanciones. Las tipificadas como «moi graves», como los casos en los que el propietario de una vivienda sujeta a algún régimen de protección no resida habitualmente en ella, oscilarán entre 60.001 y un millón de euros.

Cambios en otros 29 artículos

La redacción inicial del texto levantó una polvareda en la Fegamp, si bien el trabajo con la consellería en el marco de la Comisión de Cooperación Local posibilitó el visto bueno de los alcaldes, después de la reforma de 29 artículos.