Declaran ante el juez los arquitectos que avalaron el derribo de la Casa del Cura

A CORUÑA

Los arquitectos Andrés Fernández-Albalat Lois y Andrés Fernández-Albalat Ruiz declararon ayer, en el juzgado de Instrucción número 2, por el derribo de la Casa del Cura, en el 2004, un inmueble que contaba con protección monumental y que fue demolido durante las obras de excavación del párking del Bulevar del Papagayo.

Estos técnicos, en aras de no interferir en el proceso, rechazaron comentar su paso por los juzgados, pero Pedro Trepart, el letrado de la acusación particular, ejercida por el portavoz municipal nacionalista Henrique Tello, estima que la demolición «foi irregular a vista das súas declaracións, outra cousa é a trascendencia penal que iso teña». En el juzgado de Instrucción también fue citado un aparejador, pero Trepart indicó que se desveló que «non interviu na execución da obra, senón que fixo o plan de seguridade», por lo que su imputación no quedaría justificada. El representante legal de Tello cree que quedó probado que los arquitectos, responsables de realizar el proyecto de demolición, «infrinxiron todas as normas e protocolos do plan especial que esixe un edificio catalogado con protección monumental». En este sentido, indicó que la licencia estaba condicionada por un informe de Patrimonio, que fue pedido, pero por el que no se esperó para tirar la Casa del Cura, y no se realizó el informe arqueológico de las obras, que era obligatorio. También explicó que presentaron el proyecto de demolición en febrero del 2005, cuando las obras se realizaron meses antes.

Trepart informó de que existen informes que avalan que se recuperaron parte de los elementos del inmueble original, como puerta y ventanas, y parte de materiales. «Eles (polos arquitectos) cuestionan que merecera a pena que estivese protexido, é a súa interpretación, pero o certo é que o estaba o conxunto que formaba a igrexa, o convento e a Casa do Cura», apostilló y dijo que los arquitectos se desvincularon ayer de la tramitación de la licencia, que consideraron que eran atribuciones de la promotora de la obra.