Las condiciones para las reclamaciones están fijada por ley y son las mismas en todos los municipios.
¿Cómo se presentan?
Por registro en los concellos. Es fundamental justificar el daño, con facturas de reparaciones o similar, y demostrar que la causa es atribuible a un fallo de la Administración. Reclamar la presencia de la Policía Local en el caso, por ejemplo, de desperfectos en un vehículo resulta fundamental para constatar la veracidad de lo ocurrido.
¿Quién resuelve?
Las juntas de gobierno o los propios plenos toman la determinación pero lo hacen siempre en base a un informe técnico, generalmente policial, y otro jurídico de la Secretaría municipal. Los políticos nunca determinan en estos casos cuestiones contrarias a lo propuesto por los informes. En caso de que la reclamación sea desestimada, queda el recurso de recurrir a la vía contencioso-administrativa mediante una denuncia judicial.
¿Quién paga?
La Administración a la que se le atribuye la responsabilidad, que puede ser el Concello, la Deputación, la Xunta o incluso el Estado dependiendo de a quién competa el espacio o la instalación en la que se produce la incidencia. Los ayuntamientos tienen suscritas pólizas de responsabilidad civil, con lo que, generalmente, ese dinero no sale del presupuesto municipal lo tienen que asumir las compañías aseguradoras.