Legislación autonómica

La Voz

BARBANZA

20 ago 2001 . Actualizado a las 07:00 h.

Los ayuntamientos, tanto los que cuentan con legislación local en forma de ordenanza o normas subsidiarias como los que no tienen regulación propia a este respecto, se atienen a la Lei Autonómica do Solo de 1997, que establece el deber de los dueños de terrenos, urbanizaciones y edificaciones a mantenerlos en condiciones de seguridad, salubridad y ornato público. Son además los depositarios de la competencia para aplicar la norma, ya que «ordenarán, de oficio ou por instancia de calquer interesado, a execución das obras necesarias para conservar aquelas condicións, con indicación do prazo de realización». La Lei do Solo también concede a los municipios la potestad para ordenar ejecuciones de obras de reforma en fachadas o espacios visibles desde la vía pública, atendiendo a «motivos de interese turístico ou estético». Aunque en la práctica, el peso del criterio estético queda bastante lejos del de la salud y la seguridad, que sin duda preocupan más al ciudadano. Sin embargo, si dispone de dinero, suele cooperar en el embellecimiento de su villa.