No acabó una casa que levantaban en Faxilde los obreros extranjeros a los que dejó de pagar A Juan Millán Vicente le impusieron dos años de cárcel y 7.200 euros de multa
05 mar 2007 . Actualizado a las 06:00 h.La Audiencia Provincial de Pontevedra condenó a Juan Millán Vicente, socio y administrador de la empresa Abaco Hogar SL, a dos años de cárcel y una multa total de 7.200 euros por un delito de estafa y otro contra los derechos de los trabajadores. Con la conformidad del acusado, el tribunal considera probado que Juan Millán firmó un contrato para construir una casa en Faxilde que no terminó pese a haber cobrado por adelantado, y que utilizó para ello a cuatro trabajadores extranjeros que no tenían permiso de trabajo en España y a los que, aprovechándose de que no estaban dados de alta en la Seguridad Social, dejó de pagar después de que empezaran la obra. Según consta en la sentencia, el acusado firmó un contrato en el 2000 con dos particulares para construir una casa en el lugar de Faxilde, por un precio de 80.862 euros que no incluía el IVA. Ese mismo año los propietarios le entregaron 86.526 euros, más otros 14.343 como ampliación de obra. Pero el acusado dejó una parte de la casa sin acabar, pese a haber recibido la totalidad del precio. Además, para hacer la obra se sirvió de cuatro trabajadores extranjeros que, como no tenían permiso de trabajo en España, no fueron dados de alta en la Seguridad Social, y como sólo se les pagó inicialmente, tuvieron que ser amparados por los propietarios de la construcción. Tres de los obreros interpusieron una demanda ante la Seguridad Social que se le reconoció a cargo de Abaco Hogar SL, obligada a pagar a cada uno de ellos algo más de ocho mil euros. Como la firma fue declarada insolvente, una parte de las cantidades adeudadas -en torno a los 3.500 euros- fueron abonadas por el Fondo de Garantía Salarial, aunque uno de los beneficiarios renunció a la indemnización que le correspondía. La sentencia La Audiencia Provincial de Pontevedra condena por ello, con la conformidad del acusado, a Juan Millán Vicente por un delito de estafa y otro contra los derechos de los trabajadores. Por el primero se le condenó a un año y seis meses de prisión, y a un año y seis meses de inhabilitación especial como profesional de la construcción y administración de sociedades mercantiles, además de una multa de doce meses con una cuota diaria de doce euros. Por el delito contra los derechos de los trabajadores se le condenó a seis meses de prisión y de inhabilitación especial para profesional de la construcción y administración de sociedades mercantiles, así como a ocho meses de multa a razón de doce euros por día. El acusado, además, con la responsabilidad civil subsidiaria de la empresa de la que era socio, deberá indemnizar a los propietarios de la casa que dejó sin terminar en una cantidad que deberá determinarse en la ejecución de la sentencia. Por último, al Fondo de Garantía Social deberá indemnizarlo también en la cantidad de 10.620 euros. El trabajador que había renunciado al Fondo de Garantía Social deberá ser indemnizado también por el tiempo trabajado.