Sea cuál sea el verdicto del Tribunal Constitucional, o aunque finalmente se retire el futuro recurso contra la ley gallega de racionalización del gasto farmacéutico al llegar la Xunta a un acuerdo con el Gobierno central, lo cierto es que el destino del catálogo de medicamentos implantado en enero pasa por una suspensión casi segura.
El Ministerio de Justicia prevé presentar el recurso esta semana en el Constitucional. Una vez allí, este tiene que admitirlo a trámite, lo que puede llevar días e incluso semanas. Pero una vez admitido -algo que ocurre siempre cuando es un recurso interpuesto directamente por el presidente del Gobierno-, la paralización es inmediata. Lo dice el artículo 161.2 de la Constitución: «El Gobierno podrá impugnar ante el Tribunal Constitucional las disposiciones y resoluciones adoptadas por los órganos de las comunidades autónomas. La impugnación producirá la suspensión de la disposición o resolución recurrida, pero el Tribunal, en su caso, deberá ratificarla o levantarla en un plazo no superior a cinco meses». Esto quiere decir que cuando el Constitucional decida admitir el recurso, el catálogo de medicamentos quedará suspendido.
Mas de cinco meses
Esta paralización durará un máximo de cinco meses -si bien el alto tribunal puede levantarla antes-, pero pasado ese período podría ratificarla otra vez (como ocurrió con la suspensión de las demoliciones del barrio valenciano del Cabañal), lo que implica que el catálogo de medicamentos podría estar paralizado años hasta que llegue la sentencia.
El informe del Consejo de Estado dice que el catálogo puede interferir en la normativa estatal en cuestiones de su contenido, ámbito de aplicación, criterios de elaboración, procedimiento de modificación, medidas para solucionar posibles problemas de entrada y salida de medicamentos del listado, e incluso en la previsión de reinversión del ahorro derivado de su implantación. Cuestiona los artículos 1, 2, 3 y 4 de la ley gallega, así como las disposiciones adicionales primera y segunda.