El fiscal autoriza una operación a una mujer incapacitada para decidir

Francisco Varela

FERROL CIUDAD

20 nov 2007 . Actualizado a las 02:00 h.

El caso de una enferma incapacitada que debe ser operada en un hospital de Ferrol ha obligado a la intervención del ministerio fiscal dado que los médicos solicitaron autorización expresa antes de intervenirla de una afección ginecológica. La paciente, que tiene 43 años y sufre síndrome de Down, es uno de los primeros casos que se dan en Galicia en que se reúnan tantas circunstancias que precisen la intervención del ministerio público, como último garante de los derechos de una persona incapacitada legalmente.

Las circunstancias

Porque la mujer carece de padre, fallecido hace pocos años, y su madre, que podría ser su representante legal, padece un deterioro mental muy evolucionado por demencia senil, por lo que no está en condiciones de tomar decisiones. Le queda una hermana, pero la legislación en vigor no prevé que, en casos de personas incapacitadas, asuma estas funciones de tutela. Por ello, el hospital público Arquitecto Marcide de Ferrol, ante las dificultades para obtener el documento de «consentimiento informado» de la enferma o de cualquier otra persona que pudiera asumir estas funciones, requirió autorización judicial. La opción final fue recurrir a la Fiscalía. Un decreto del ministerio público autoriza finalmente la operación por «sustitución».

El progenitor

El decreto recuerda que la enferma fue declarada incapaz por sentencia de noviembre de 1991 y, aunque mayor de edad, se rehabilitó la patria potestad a sus padres. La muerte del progenitor se produjo en julio del 2002. El fiscal dice que asume la representación de la mujer, si bien tras examinar toda la documentación y antecedentes, y supervisar si es necesaria la intervención aconsejada por los especialistas del hospital ferrolano.

La conclusión es que la intervención quirúrgica es necesaria y perentoria, si bien la resolución insta al médico encargado de atenderla a facilitarle a la paciente la información adecuada, en la medida de lo posible, para que pueda entender en qué situación se encuentra. La resolución aclara que si, como consecuencia de la patología, existiese riesgo inmediato y grave para la integridad física o psíquica de la mujer se podrán llevar a cabo otras actuaciones médicas, sin necesidad de nuevo consentimiento, dado que es un estado de necesidad. Pero posteriormente se debe informar al ministerio fiscal de las actuaciones llevadas a cabo por los médicos. Fuentes de la Fiscalía han informado de que es la primera o una de las primeras veces que se produce esta situación en Galicia, en la que se precipita la intervención judicial ante una necesidad urgente de proceder a operar a una mujer de tal edad con síndrome de Down.