Los autobuses tampoco son solución, a pesar de que hay normativa estatal desde 2007

La Voz

LUGO CIUDAD

10 mar 2009 . Actualizado a las 02:00 h.

En el Real Decreto 1544/2007, publicado por el Boletín Oficial del Estado, se regulan las condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación para el acceso y utilización de los modos de transporte para personas con discapacidad .

En este texto, en vigor desde hace más de un año, se regulan las condiciones mínimas que han de cumplir los transportes ferroviarios, marítimos, o terrestres como taxis y autobuses. En lo que se refiere a estos últimos, además de obligar a eliminar las barreras de las estaciones, se establece que deben reservarse plazas en los autobuses que se hayan puesto en servicio después de la entrada en vigor de este decreto.

Para los que ya estuvieran en circulación, se da un plazo de tres años para reservar plazas. Las principales compañías que conectan Lugo con otras capitales y comunidades no cumplen esta normativa y en lo referido a estaciones, hay que señalar que en Lugo, delante del baño para discapacitados, hay un banco.