Lalín espera cobrar la tasa de telefonía tras varios fallos judiciales catalanes

La Voz

DEZA

15 mar 2009 . Actualizado a las 02:00 h.

El concejal de Hacienda de Lalín, Manuel Gómez Estévez, subrayó ayer que «diferentes sentenzas do Tribunal Superior de Xustiza de Cataluña e dos xulgados de Barcelona están a confirmar a plena validez da ordenanza que aprobamos no Concello de Lalín a través da que se impón unha taxa ás empresas suministradoras de servizos de telefonía móvil por utilización do dominio público local». Se trata de fallos judiciales contra los recursos presentados por grandes operadoras, como Telefónica Móviles, Vodafone o France Telecom España, y que resuelven contenciosos abiertos en municipios catalanes donde se aprobó hace años la ordenanza, como Badalona, Prat de Llobregat, Premiá de Mar o Camprodón.

A juicio del concejal, «estas sentenzas fannos ser moderadamente optimistas á hora de que o canon imposto ás operadoras de telefonía móvil sexa ingresado nas arcas municipais, aínda que somos conscientes de que as empresas removerán todo o que esté nas súas mans para retrasar o máximo posible estes pagos», por lo que no es previsible la presentación de recursos como sucedió en los municipios catalanes señalados. En el caso de Lalín, el presupuesto recoge para el presente año 2009 una cuota total de 86.340 euros: de ellos, el mayor porcentaje corresponde a Movistar, con el 45% del total; Vodafone supone otro 30,5%, y el 22,5% para Orange; las tributaciones de Yoigo -0,9%- y Euskaltel -con el 0,5%- son prácticamente testimoniales.

Última sentencia

Gómez Estévez apunta que la última de las sentencias contra las operadoras de telefonía móvil fue emitida en febrero por el juzgado de lo contencioso-administrativo nº 16 de Barcelona, y existen precedentes del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña a lo largo del pasado año, así como otro fallo del 2005. En todos los casos, subraya el titular de Hacienda, «os maxistrados desestiman os argumentos das empresas demandantes, nos que afirmaban que para prestar o servizo de telefonía móvil non é necesario o uso do dominio público local e que, en consecuencia, a actividade realizada non se axusta á Lei Reguladora das Facendas Locais».

Frente a esta argumentación, el alto tribunal catalán confirma que la telefonía móvil utiliza el dominio público local, y constituye por tanto un hecho imputable y susceptible de tasa, tanto los titulares de las redes como quienes, pese a no serlo, tienen derecho de uso, acceso o interconexión de las mismas. También rechaza el TSJC la tesis de las operadoras de que la aplicación de esta tasa suponga una duplicidad con la utilización del dominio público radioeléctrico, por la que tributan al Estado. Señala que es un hecho imponible distinto al aprovechamiento especial de dominio público local en la reemisión de señales de las estaciones base a los controladores respectivos, que es donde incide la nueva ordenanza municipal de Lalín.

Cabe recordar que en el debate de los presupuestos, el gobierno local había expresado ya sus reservas sobre la posibilidad real de llegar a cobrar los 86.340 euros de la nueva ordenanza. Con las nuevas sentencias, Gómez Estévez expresa ahora una mayor confianza en llegar a cobrarla.